El TSXG también repite los mismos argumentos que utilizó para retirar el proyecto de parque empresarial de Monte Pituco del Plan Sectorial de la Xunta para anular también la parte del PXOM que ordenaba esta futura área empresarial. Se justificaba la elección de este entorno para la construcción de un polígono industrial "por la proximidad a la variante de Marín, esa forma de plataforma logística para dar respuesta a las actividades derivadas del funcionamiento portuario, y se escoge también por la buena localización respecto al puerto".

No obstante, el TSXG recuerda que en la memoria ambiental del Plan Sectorial autonómico también se asumía la "posibilidad de nuevas afecciones ambientales, paisajísticas y al patrimonio cultural" en el espacio afectado, donde se encuentran yacimientos rupestres catalogados de Pornedo, Sete Camiños, Pinal de Caeiro y la mámoa de Sete Camiños.

También se recuerda que las Directrices de Ordenación do Territorio establecen que en la elección de un terreno para crear suelo industrial "primará la prevención de sus posibles efectos sobre el medio, frente a la corrección, mitigación o compensación" de los impactos.

Añade la nueva sentencia que "nos encontramos ante el parque empresarial Monte Pituco, plataforma logística Marín-Pontevedra, y recuerda la pericial que señala que en estos tipos de parques empresariales la peidnete no puede superar el 15% y que en este caso se supera este porcentaje en un 25% de la superficie prevista para el polígono, además de incumplir "las recomendaciones del Plan de Ordenación del Litoral, con una gran visibilidad y existencia de vestigios arqueológicos que reducen su superficie".