Los propietarios de unos 300 inmuebles ubicados en los montes de A Caeira y Boa Vista consideran un "gran respaldo" para sus intereses la sentencia del Tribunal Supremo que desautoriza el fallo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) por el que dejaba sin efecto el deslinde de los terrenos pertenecientes a la Comunidad de Montes de San Salvador de Poio.

"El dictamen del Supremo es muy positivo porque evidencia que no se tuvieron en cuenta las pruebas en forma de informes presentadas por los afectados", explica el abogado de unos 70 propietarios, Miguel Lamela.

Para el letrado, el TSXG "estimó parcialmente la demanda" presentada por los titulares, ya que se ofrecieron "pruebas en forma de documentación de hasta dos siglos de antigüedad en los que se demuestra que nunca hubo titularidad vecinal en esos terrenos".

En este sentido, el Supremo sostiene que en la sentencia del TSXG no se menciona ninguno de los "elementos documentales" del expediente administrativo, tales como los distintos informes periciales existentes o el elaborado por el ingeniero que participó en el deslinde, de forma que no se conoce si el tribunal los ha tenido en cuenta en su decisión a pesar de que el Supremo los considera de "innegable relevancia"

Los propietarios y el propio Concello, que también presentó recurso ante el Alto Tribunal por el fallo del TSXG, sostienen que los terrenos petenecientes a la Comunidad de Montes de San Salvador se extienden a lo largo de 27 hectáreas, como fijaba el documento de deslinde promovido por la Xunta de Galicia y aprobado por el Concello en 2009. Mientras, los comuneros, entienden que hay una incoherencia en esa decisión de la Xunta y la del Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común en 1981, que acotó los terrenos a 62 hectáreas.

Para Lamela, "es cierto que hay un croquis con una carpeta-ficha de 62 hectáreas clasificadas, pero es un documento que no está nada claro y no se corresponde con el deslinde de la Xunta, que está fundamentado".

De este modo, la anulación del fallo del TSXG por parte del Supremo es un refuerzo para los propietarios, ya que el Alto Tribunal entiende que "la sentencia recurrida sostiene, por tanto, dos afirmaciones contradictorias". Por una parte señala que "la superficie a la que hace referencia el acto de clasificación del monte no es determinante de la identificación del monte deslindado y, seguidamente, que sí lo es". Además considera que el fallo está privado de la "necesaria motivación" que debe justificar la decisión.

Sin plazos

El abogado de 70 propietarios afectados por los problemas judiciales que se han generado de los deslindes del monte comunal asegura que el dictamen del Tribunal Supremo viene a ser un argumento más para lograr "la razón", que ellos han mantenido que tenían.

Lamela espera que "el tiempo" se la dé, ya que el proceso todavía se prevé largo al entender el Supremo que el asunto debe volver a manos del TSXG para que dicte un nuevo fallo teniendo en cuenta las cuestiones que le exige.

En este sentido, el abogado mantendrá en la próxima semana una reunión con los vecinos afectados para explicarles la situación pormenorizadamente, aunque no tiene previsión de un plazo determinado para que el Tribunal Superior de Xustiza dictamine un nuevo fallo.