Numerosos vecinos de Vilaboa acudieron al juicio celebrado ayer en el Juzgado Penal 1 de Pontevedra, para mostrar su apoyo a la familia de Postemirón sobre cuya vivienda pesa una orden de derribo, además de una petición de cárcel para el matrimonio titular de la vivienda, Lourdes Pérez y Luis Argibay.

En las alegaciones finales, Lourdes Pérez Arosa, copropietaria de la casa, intentó hacer uso de la palabra, pero la emoción, que a duras penas había contenido durante toda la vista, le impidió hablar. "No puedo", se limitó a decir la afectada al juez, después de unos segundos en los que trató de hablar en defensa de la vivienda familiar.

Además del cumplimiento de la orden de demolición, el fiscal pide para el matrimonio un año y medio de prisión por delito urbanístico y 14.000 euros de multa. Sobre los afectados pesa además una orden de embargo del 30 por ciento sobre sus ingresos como forma de aval.

En el juicio, la defensa pidió la libre absolución y que se paralice la orden de derribo, alegando que la infracción ha prescrito y que los acusados no actuaron en ningún momento de mala fe. De hecho, como trató de demostrarse durante el juicio, en el Concello de Vilaboa les aseguraron que no tendrían ningún problema en construir en esa finca, porque el terreno se iba a consolidar como urbanizable.

El ayuntamiento de Vilaboa está ultimando la aprobación del nuevo PXOM que legalizaría la construcción y todos los grupos municipales apoyan a la familia afectada. Una resolución plenaria solicita la paralización de la orden de demolición y la absolución del matrimonio. Este caso, no obstante, forma parte de una larga lista de viviendas de los núcleos de Postemirón y A Graña que están bajo la amenaza de la piqueta.

El abogado de Lourdes Pérez y Luis Argibay indicó en sus alegaciones finales que aplicar la orden de derribo a unos meses de legalizarse la obra, además de condenar a penas de prisión a los acusados, sería "ensañarse" con esta familia con dos hijos, dado que construyeron la vivienda bajo el consejo de un funcionario municipal que les indicó que "no tendrían problema". El letrado asumió además las explicaciones de un técnico de Urbanismo que en su declaración indicó que la vivienda ya tenía tejado en 2010 -por lo tanto estaría terminada- con lo que podría beneficiarse de una excepción a la norma que se otorgó en esos años para las viviendas ya construidas en núcleos tradicionales, como sería este caso.

Por eso el abogado del matrimonio entiende que cualquier infracción urbanística en este sentido habría prescrito, al margen de la ausencia de intencionalidad por parte de los acusados.

En todo caso, como apuntó este abogado, en caso de confirmarse la infracción urbanística, la ley indica que "el juez podrá" ordenar la demolición, pero que ésta no es una consecuencia inevitable de la vulneración de la norma, por lo que instó al juez a absolver al matrimonio y no ordenar la demolición de su vivienda.