La Abogacía del Estado ha recurrido la sentencia dictada por el juzgado contencioso-administrativo número 1 de Pontevedra que daba por ejecutada la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia relativa al abono de la paga de productividad que el Concello había dado a los trabajadores en el año 2012.

Así lo anunció ayer el concejal de Personal, Vicente García Legísima, que aseguró que el gobierno local siente "absoluta tranquilidad" al respecto y dijo desconocer si dicho recurso va a prosperar.

"Desconocemos si se trata de una persecución del PP o de la Subdelegación del Gobierno, pero sí que es un recurso político", consideró el concelleiro.

Recordó que el Concello había abonado en el año 21012 una paga de productividad que suponía alrededor del 80 por ciento de una paga extra convencional. En esta paga de productividad se incluían las horas que los trabajadores públicos tuvieron que hacer a mayores para recibirla, que fueron 16,5. Esta decisión ya había sido recurrida en su momento por la Subdelegación del Gobierno.

Posteriormente, en el año 2014, una sentencia obligó a las administraciones a abonar el 25 por ciento devengado de la paga extra de 2012 a los trabajadores laborales, que el Concello hizo extensible a todos los trabajadores públicos. Ya en 2015, el Estado autorizó a pagar parte de la paga extra de 2012, por lo que el Concello, tras llegar a un acuerdo con los sindicatos municipales, acordó abonar y compensar el 50 por ciento de aquella paga y al año siguiente, en 2016, el 24 por ciento que restaba. Según explicó ayer el Concello, lo que se podía abonar era el correspondiente a las horas que realizaron los trabajadores para poder optar a la paga de productividad.

"Burlar" la ley

Aunque inicialmente el juzgado de lo contencioso número 1 entendió que este complemento había sido abonado de forma correcta, la Subdelegación del Gobierno recurrió el fallo ante el TSXG acusando al gobierno local de utilizar una potestad retributiva para una finalidad distinta, como era "burlar" el Decreto Ley en el que, entre otras medidas, se anulaba la extra de Navidad de 2012.

Ahora, en su recurso de apelación, el abogado del Estado considera que el plan de ejecución de la sentencia que el Concello se vio obligado a presentar, contemplaba "la recuperación de las sumas ilegalmente abonadas en su día a los empleados municipales por vía de compensación".

En el texto entregado asegura que "no hay nada que objetar a la compensación de las sumas adeudadas a los empleados municipales por las 16,5 horas extraordinarias prestadas en su momento", así como tampoco a la compensación de las sumas resultantes de la aplicación del Real Decreto Ley 10/2015. "No obstante -señala- no puede entenderse legalmente hecha la compensación de las sumas previstas" por la Ley 48/2015.

En este sentido, reconoce que aunque el Concello de Pontevedra intentase eludir el cumplimiento del fallo, sí "ha dictado actos que incurren en vicios de legalidad que impide convalidarlos como medios válidos a tal efecto".

Con ello se entendía que el Concello había tenido la verdadera intención de abonar la paga extra anulada por el Ejecutivo central de Mariano Rajoy en 2012.

El recurso de apelación fue presentado el pasado 3 de octubre, en el plazo de los 15 días legales que fijaba la sentencia del 23 de septiembre en la que se acordaba declarar ejecutada la dictada por el TSXG el 2 de julio de 2014.

A las críticas de Legísima sobre esta "persecución" se unen las realizadas por el propio alcalde, Miguel Anxo Fernández Lores, que llegó a decir que las órdenes llegaban "directamente de Moncloa".