El letrado de la acusación particular, que ejercen los hijos de la víctima, fue contundente en su intervención previa. Manifestó a los miembros del jurado su convencimiento, a raíz de las pruebas practicadas durante la instrucción del caso, de que ambas acusadas son culpables de la muerte de Secundino Prego por lo que pidió esta condena máxima de 20 años de prisión, aunque "no como venganza", sino en el convencimiento de que es la pena que se debe aplicar tras calificar el crimen como "vil, abyecto y cruel".

Unos calificativos que empleó por dos razones. La primera el presunto móvil del asesinato; el económico. En el caso de una de las acusadas, Albertina Táboas, supuestamente para lograr la herencia del fallecido. En cuanto a la segunda, por la supuesta promesa de que recibiría cinco mil euros de Albertina a cambio de su colaboración.

La segunda de las razones es la crueldad con la que actuaron quienes dieron muerte a este octogenario. En su escrito de acusación, el abogado de la familia ya adelanta que la autopsia revela que el cadáver presentaba hasta doce fracturas craneales. Las acusaciones recuerdan que primero le golpearon con una cazuela, hasta que se rompió; luego con el propio bastón de la víctima, que también acabó hecho añicos; y finalmente con una piedra. Es un crimen "cruel porque a la víctima la mataron a palos" y causándole un "dolor innecesario".

Informes psiquiátricos

Por su parte, la defensa de Rocío Gondar manifestó su malestar por el hecho de que no se haya aceptado realizar un estudio psiquiátrico en profundidad sobre esta acusada después de que le hayan sido diagnosticados algunos trastornos en su estancia en prisión. Asegura que el Imelga emitió un informe sin entrevistarse ni ver en persona a la acusada.