El apartado D de las Prescripciones establecidas en la resolución detalla que "el concesionario deberá proceder a la eliminación de las balsas de seguridad y de regulación existentes actualmente dentro de la concesión, una vez ejecutados los proyectos de mejoras presentados por el concesionario y que permitan la eliminación de las citadas balsas, que sea acorde con las actuaciones de integración paisajística de las instalaciones previstas". No se detalla a qué se destinarán esos terrenos una vez eliminadas las balsas.

Además, Ence queda responsabilizada de "los daños y perjuicios para las personas, las cosas y el medio ambiente que se puedan derivar de la realización tanto de las obras e instalaciones como de la actividad autorizadas directa o indirectamente, en el mar, en su lecho y subsuelo, y en general, en los bienes de dominio público marítimo-terrestre, o a terceros, así como del correcto funcionamiento y mantenimiento de las mismas".

Además, sin autorización previa "no se permitirá ningún tipo de vertido al dominio público marítimo-terrestre ni a la zona de servidumbre de protección, incluso de tierras, escombros, materiales o productos generador por la obra".