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La Xunta activa el derribo de un conocido club de alterne de Vilaboa tras diez años de pleitos

La APLU encarga la redacción del proyecto para demoler el edificio que albergó el popular Club Ciros, en la N-550 -Nunca contó con licencia municipal ni autorización autonómica

Edificio del Club Ciros, cuya demolición decretó la Xunta en 2005. // G. Santos

El edificio que durante años albergó el conocido Club Ciros, al borde de la N-550 en Paredes (Vilaboa), será derribado por la "piqueta" autonómica en los próximos meses. La Axencia de Protección da Legalidade Urbanística (APLU), ha encargado ya la redacción del proyecto para la demolición de este popular inmueble, ya que se ejecutó en su día sin licencia municipal ni autorización autonómica. La decisión de activar esta demolición se produce después de una década de pleitos, en la que los propietarios del negocio trataron de anular en los tribunales la resolución urbanística dictada por la Xunta en 2005.

Diez años después, las APLU tiene el licitación, por unos 18.000 euros, el concurso para redactar el proyecto de demolición del inmueble, de gran tamaño, con bajo y cuatro plantas, que está calificado urbanísticamente como un edificio dedicado a "usos y actividades de bar-restaurante, pub y complejo hotelero", aunque siempre se vinculó al alterne.

La decisión de activar ahora este proceso de derribo parece deberse a la conclusión de la larga sucesión de pleitos judiciales desde la primera orden de derribo de 2005. Una de estas sentencias, de julio de 2009, del Tribunal Supremo, confirmaba definitivamente la resolución de 7 de octubre de 2005 del director xeral de Urbanismo, por la que se "declararon ilegales e ilegalizables las obras de construcción de una edificación dedicada a uso hotelero" en Paredes, así como "las obras y usos implantados por la entidad mercantil Pamifrán sin la preceptiva autorización autonómica y licencia urbanística municipal". Aquella resolución ordenaba su demolición y prohibía "definitivamente los usos a los que diesen lugar, para lo cual se fijó un plazo de dos meses; ordenándose el cese inmediato de los usos y actividades de bar-restaurante, pub y complejo hotelero que se venían desarrollando en la edificación ilegal; y apercibiéndose a los interesados de que en caso de incumplimiento de la orden de demolición en el plazo concedido y de cese inmediato de la actividad se procedería a su ejecución subsidiaria o a su ejecución forzosa mediante la imposición de multas coercitivas".

Aún así, el asunto mantuvo su andadura judicial y llegaron a imponerse hasta seis de estas multas, "de importes de 8.000 (las dos primeras) y 10.000 euros (las demás)", según una última sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) de noviembre pasado que ratificaba la decisión de la APLU de acometer la ejecución forzosa, mediante ejecución subsidiaria, del derribo.

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