El Tribunal Supremo acaba de poner de nuevo el debate sobre la continuidad de Ence en plena ebullición, justo en el momento en el que la empresa negocia una prórroga de su concesión por 75 años. El Alto Tribunal ha dictado una sentencia por la que ordena al Ministerio de Medio Ambiente a iniciar un expediente sobre la caducidad de la concesión de la fábrica de pasta de papel en terrenos marítimo terrestres en Lourizán. El fallo obedece a un recurso que la compañía presentó contra una sentencia del año 2011 de la Audiencia Nacional que estimaba buena parte de las pretensiones de la asociación "Salvemos Pontevedra", que desde 2004 exigía la apertura del citado expediente.

La existencia de esta resolución del Supremo fue hecha pública ayer por la propia Ence (sin dar a conocer la propia sentencia), que, en un comunicado, asegura que la orden al Estado "obliga exclusivamente a la Administración a iniciar un expediente sobre la caducidad de la concesión, pero en ningún caso prejuzga el resultado final de dicho procedimiento". Añade que "la sentencia rechaza las pretensiones de la demanda presentada por la asociación Salvemos Pontevedra de declarar la caducidad de la concesión y el consiguiente rescate y recuperación de los terrenos por parte de la Administración, así como el cese de las actividades que se desarrollan en dichos terrenos sin título habilitante. Por tanto, todas las instalaciones amparadas en la concesión seguirán en uso durante la tramitación del expediente de declaración de caducidad", insiste la empresa.

Por último Ence concluye diciendo que "el inicio del expediente administrativo de caducidad de la concesión recaerá en el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, expediente cuya tramitación se estima que se extenderá durante varios años".

Por su parte, integrantes de "Salvemos Pontevedra" reconocieron ayer la existencia de este fallo judicial, que aparentemente es firme, pero tampoco facilitaron su contenido. Solo se limitaron a señalar que "es idéntica" a la que dictó e 2011 la Audiencia Nacional, un extremo en el que esta versión difiere de la de Ence.

El matiz está en si el Supremo comparte o no con la Audiencia Nacional la orden de "adoptar todas las medidas legalmente contempladas para la paralización de las actividades y suspensión del uso y explotación de las instalaciones sin título habilitante", entre los que el colectivo social incluía una caldera de biomasa. Según Ence, esta segunda parte del fallo original no estaría refrendado ahora por el Supremo.

Salvemos Pontevedra emprendió en 2004 su petición para revisar la concesión de Ence pero nunca obtuvo respuesta del Ministerio de Medio Ambiente, de ahí que recurriera a los tribunales. Similar proceso emprendió el colectivo con otras concesiones en la zona marítimo terrestre de Lourizán, como la antigua empresa José Malvar o una planta de cementos. El resultado judicial también ordenaba abrir el citado expediente.