Del mismo modo que ya lo hacía la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional en 2011, el Tribunal Supremo descarta ahora una de las peticiones "Salvemos Pontevedra": el que solicitaba la incoación de expedientes de reposición de la legalidad urbanística, al entender que esta cuestión excede su competencia.

Ya en 2011, la empresa restó importancia a aquel fallo al entender que "se refiere a aspectos jurídico formales y no va tener incidencia en la situación legal ni en las operaciones de Ence antes del plazo de vigencia legalmente establecido en la concesión". En el comunicado de ayer, emitido desde Madrid, la compañía no llega a realizar esa valoración, si bien insiste en que el expediente que debe abrir ahora el ministerio "se extenderá durante varios años".

Pese a todo, la empresa recurría ante el Supremo aquella resolución, que fue admitida a trámite en 2012, toda vez que, en esencia, la orden judicial obligaba al Estado a comenzar al tramitar el rescate de la concesión de Ence en Lourizán.

El Supremo analizó en su día las alegaciones de "Salvemos Pontevedra" contra esa admisión a trámite y finalmente aceptó estudiar el recurso presentado por Ence, lo que evitó la firmeza del fallo inicial. Ahora, la Sección Quinta del Alto Tribunal si declara firme la obligación del Estado de emprender ese expediente para rescatar la concesión de Ence, lo que deja en la picota el futuro de la empresa en Lourizán.