Frente a las 178 empresas que los tres juzgados de lo Mercantil liquidaron a lo largo de 2012, se sitúan solo 51 en las que se estableció un convenio entre el deudor y los acreedores con el objetivo de intentar salvar a la entidad. La liquidación es una de las soluciones posibles al concurso de acreedores, junto al convenio. Una salida que puede reclamar el propio deudor, el acreedor o bien abrirse de oficio. Es el último recurso, ya que el concurso de acreedores se articuló como un mecanismo para evitar la quiebra de estas empresas. La liquidación sería por lo tanto la peor opción frente a la otra alternativa posible que es el convenio, un acuerdo único entre el concursado y sus acreedores para una reducción o un aplazamiento de los créditos.

Estas cifras indican que aproximadamente solo una de cada tres firmas que entran en concurso logran articular un convenio con sus acreedores que permita renegociar su deuda y tener una posibilidad de salvación. De todas formas, estos acuerdos no impide la liquidación de la firma ya que el incumplimiento del convenio llevaría al magistrado de lo Mercantil a decretar igualmente la disolución de la firma.