Nuevo varapalo de la Justicia a la línea férrea que conecta con el puerto de Marín. La Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional acaba de emitir el enésimo fallo que declara ilegales los pasos a nivel de la plaza de Placeres, algo que ya confirmó en su día el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y el Tribunal Supremo.

En esta ocasión, la Audiencia Nacional resuelve favorablemente una cuestión de ilegalidad planteada por la Plataforma en Defensa da Praza dos Praceres contra la disposición adicional quinta de la orden del Ministerio de Fomento en relación a los tres pasos a nivel de la plaza, al entender que conculcaba una norma de rango superior como es el artículo 235 del Reglamento de la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres. La Audiencia Nacional estima la petición de los vecinos de Placeres y anula esta disposición adicional quinta, además de recoger en el fallo algunos de los argumentos ya esgrimidos anteriormente en las sentencias del Tribunal Supremo y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. En ellas, por ejemplo, y tal como se destaca desde el colectivo vecinal, se cierra cualquier intento de adoptar una solución distinta a la de enterrar el vial ferroviario que da acceso de Marín. Con todo, esta última sentencia es todavía recurrible ante el Supremo.

Cabe recordar que hace justo un año que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid instaba al Ministerio de Fomento a que presentase un proyecto alternativo para hacer cumplir las sentencias que declara dichos pasos a nivel como ilegales. Sin embargo, por el momento todavía no se conocen detalles del proyecto finalmente elegido. Inicialmente se barajaron dos, uno que incluía varios túneles para coches y peatones y dejar la vía en el actual nivel y otro que enterraba la línea del ferrocarril. Para el colectivo vecinal de Placeres, el único proyecto que sería legal es el que recoge el soterramiento de las vías del ferrocarril al puerto.