La CIG de Ourense informó ayer de una sentencia judicial que reconoce a una mujer que trabajaba como soldadora el derecho a percibir una prestación de riesgo en la lactancia. El sindicato había presentando una demanda por la denegación por parte de la mutua de su suspensión del contrato. La resolución no es firme y cabe recurso, pero la federación de Industria de la CIG considera que "es muy importante para el cuadro de trabajadores que quedan en la empresa".

Según la versión sindical, la sentencia "desmonta" la argumentación de la mutua de que el riesgo para la trabajadora, que ejercía funciones de soldadora, no quedaba acreditado de manera suficiente. El sindicato subraya que la propia entidad de prevención contratada por la empresa la declaró no apta para desempeñar labores de operadora de arco sumergido, reproduciendo la observación del reconocimiento médico como una trabajadora especialmente sensible, "estableciendo que durante el periodo de lactancia no debería estar expuesta a humos metálicos de soldadura con manganeso", dice la CIG.

La central critica "la actitud" de la mutua, pero también "la complicidad" de la empresa, "que la cambió de su puesto de trabajo como soldadora a uno de limpiadora, pese a tener reconocido, en la evaluación de riesgos, el que hay en la lactancia para aquellas trabajadoras que hacen trabajos de soldadura".

La CIG afirma que "con esta estrategia de demorar, atrasar o incluso denegar -como en este caso- las suspensiones de contrato, lo que hacen es ahorrarse las prestaciones a las que tienen derecho las trabajadoras, en contra de las recomendaciones tanto del sistema público de salud como de los servicios de prevención, logradas fruto de una lucha histórica del feminismo y el sindicalismo de clase". Por este motivo, rechazarán "denegaciones basadas en criterios económicos" así como que se deje a las trabajadoras "en situación de indefensión frente al criterio de las mutuas". Y, por último, advierten de que "el sistema actual no garantiza el principio de precaución, y por tanto no asegura una protección real de la maternidad, basada exclusivamente en criterios técnicos y médicos".