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Anulan una sanción por inducir al alcohol ya que el anuncio en 'Instagram' era de alguien ajeno al local

El Concello de Ourense impuso en 2018 una sanción de 3.005,70 euros al titular de la licencia de un local al que responsabilizaba de incumplir la ley de prevención del consumo de alcohol por parte de menores, por inducir a la bebida con publicidad en internet. Pero el juez del Contencioso Número 2 de Ourense, José Andrés Verdeja, anula la multa porque el anuncio en Instagram era obra de alguien ajeno al local. El perjudicado alegó que la campaña no era suya ni tampoco del actual responsable del negocio, que gestiona las redes sociales, entre las que no está la cuenta del anuncio. El juez coincide y afea al Concello y a la Policía Autonómica que no investigaran: "Es difícil encontrar un caso en el que sea más sencillo encontrar al autor, ya que figura su propio nombre en la publicación. Basta con entrar en la citada cuenta de Instagram. Resulta más cómodo sancionar al titular de la licencia, pero en un caso como este, en que es tan fácil identificar al autor de la publicidad, no hay motivo para que se haya procedido de ese modo". Impone 250 euros en costas al Concello.

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