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La jueza requiere un informe forense final del policía fallecido para ver si había otra persona

La defensa recuerda que el preliminar apuntó a un suicidio -La magistrada quiere tener un estudio de las capacidades del agente tras el disparo, como manipular la corredera del arma

Comisaría de Policía Nacional de Ourense. // I. Osorio

La magistrada que sostiene que el policía Celso B. A. no se suicidó, sino que fue víctima de un crimen presuntamente cometido por sus amigos los gemelos Roy y Bernardo D. L., requirió un informe forense definitivo para determinar la posible participación de una tercera persona en la muerte del agente, de un disparo en la cabeza, el 9 de abril de 2016. La defensa recurrió esa diligencia porque recuerda que el dictamen preliminar del Instituto de Medicina Legal (Imelga) apuntó a un suicidio como causa más probable del fallecimiento. La titular de Instrucción 3, Eva Armesto, rechaza el recurso del letrado de los investigados defiende la pertinencia del informe definitivo del forense, que incluya un estudio sobre fenómenos cadavéricos y capacidades de Celso B. A. tras el disparo.

La jueza requirió ese informe en una providencia de 22 de julio de este año. La defensa interpuso recurso de oposición. Así justifica la magistrada su idoneidad, en el mismo auto de 30 de octubre en el que acordó apartar de la causa a la Unidad de Asuntos Internos, la brigada que considera que la muerte fue suicida y atribuye a Celso la autoría en exclusiva del robo de armas del búnker de comisaría y de los anónimos. "Si bien consta en autos un informe preliminar de autopsia, no consta informe definitivo, y el informe acordado tiene relevancia y necesidad, por cuanto la capacidad para realizar actos voluntarios tras un disparo en la cabeza guarda relación con la manipulación de la corredera tras la muerte, o la colocación de una segunda mano para manipular la corredera tras la muerte".

La magistrada Eva Armesto, a quien la Audiencia Provincial estableció un plazo máximo de instrucción hasta finales de enero de 2020 y ha restringido la práctica de algunas diligencias pretendidas, argumenta que "siendo la muerte inmediata (o no, según determine el médico forense), podrá determinarse la capacidad para realizar tales actos y la necesaria o no intervención de un tercero".

Añade la instructora en su reciente resolución que "lo mismo cabe decir de los fenómenos cadavéricos, por cuanto las livideces en su caso pueden arrojar luz sobre la intervención de terceras personas si es posible determinar el movimiento de los miembros del fallecido". La magistrada rechaza el recurso de reforma formulado por la defensa al respecto del informe forense definitivo. "Versando pues sobre el hecho punible y la acreditación de la intervención de terceros en la muerte de Celso B. procede desestimarlo".

El abogado de los gemelos tiene la posibilidad de elevar la cuestión a la Audiencia Provincial mediante un recurso de apelación. El letrado está ultimando su recurso contra el auto en el que la magistrada de Instrucción 3 solicita, de nuevo, la inhibición de la causa del robo de armas que asume el juez de Instrucción 1, Leonardo Álvarez. La magistrada entiende que existe una conexión entre el crimen y el robo de las armas. Con anterioridad, la Audiencia Provincial, atendiendo al criterio de la Fiscalía y la defensa, decidió mantener en causas separadas los distintos procedimientos sobre la crisis de la Policía.

Además, la defensa de Roy y Bernardo D. L. presentará recurso contra el auto de 30 de octubre que expulsa de la causa a Asuntos Internos por "errores", supuesta omisión de datos e informes, un "interés directo" y "faltas de diligencia". La defensa, muy al contrario, cree que la unidad menos aconsejada para investigar es la UDEV de comisaría. Pidió su remoción en Instrucción 3 -rechazada por Armesto- y en Instrucción 1.

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