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El TSXG anula la licencia municipal al tanatorio de la rúa Evaristo Vaamonde

-Da la razón a los vecinos que alegan que está fuera de ordenación urbanística -El Concello y la empresa recurrirán

Tanatorio en el bajo del edificio de la rúa Evaristo Vaamonde. // A.F.

El Tribunal Superior de Xusticia de Galicia estimó los recursos contenciosos administrativos interpuestos por las comunidades de propietarios colindantes con el tanatorio situado en la rúa Evaristo Vaamonde de O Carballiño, por lo que anula la resolución del Concello emitida el 18 de diciembre de 2013 por la que se concede a la empresa Ambulancias Carballiño S.L.U. licencia municipal urbanística para la reforma de un local en el número 26 de dicha calle. Una sentencia que tanto la empresa como el Ayuntamiento piensan recurrir.

Los propietarios del tanatorio pidieron en su día licencia de obras al Concello, y tras tener conocimiento de ello los vecinos de los dos edificios colindantes manifestaron su oposición no logrando que le fuera denegada, por lo que presentaron recurso ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Ourense cuyo fallo no les dio la razón, por lo que recurrieron ante el Tribunal Superior de Xusticia que sí se la da y anula la licencia municipal.

Antes de recurrir a la vía juidicial los vecinos presentaron alegaciones al proyecto de licencia ante el Concello, ya que pensaban que dicho tanatorio además podría contar con un crematorio y una sala de autopsias. Además de razones sanitarias aludieron a que el edificio se encuentra fuera de la ordenación municipal, que las condiciones de evacuación de aguas no era idóneo en la red de saneamiento existente, la necesidad de un informe ambiental o falta de concreción en reservas de aparcamiento, entre otras.

Los afectados llegaron incluso a concentrarse más de una vez en la Plaza Mayor y a recoger firmas en contra de un tanatorio en un edificio que alegan está fuera de ordenación, por lo que no se podían realizar obras, ya que no se ajustaba al PXOM que es del año 98, por tener más alturas de las permitidas.

Los fundamentos de la sentencia del TSX es que el edificio se encuentra fuera de ordenación "total" y no "parcial" como valoró el Juzgado Contencioso de Ourense, por lo que anula la licencia municipal. Y es que se discute si está "fuera" de forma parcial o total por las consecuencias jurídicas que ello tiene para otorgar una licencia en el bajo de dicho edificio, ya que son distintas según la situación urbanística del inmueble. Se permiten hacer determinadas cosas si es parcial y menos actuaciones si es total.

Esta resolución del TSX es recurrible, y el alcalde, Francisco Fumega, asegura que el Concello presentará recurso ante el Tribunal Supremo. Señala que el Juzgado de Ourense "nos dio la razón" y confía en que el Supremo también. Y la empresa también presentará recurso de casación ante el Supremo.

Los vecinos no recurrieron contra la empresa sino contra la licencia del Concello por lo que la anulación de la misma conlleva que tenga que indemnizar a Ambulancias Carballiño S.L.U que hizo la obra conforme a la licencia otorgada, por lo que incurre en una responsabilidad cuya cuantía económica indemnizatoria podría ser importante.

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