El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Ourense reconoce el tiempo de servicios prestados, a todos los efectos, correspondiente al periodo que estuvo de baja maternal una trabajadora, en el que "no pudo incorporarse de forma efectiva al contrato de interinidad en el Hospital de Verín por estar de baja de maternidad", establece la sentencia. El Sindicato de Enfermería considera que esto "supone un nuevo varapalo a la Consellería de Sanidade, pues tira por tierra sus argumentos para penalizar a esta enfermera, además de poner en serias dudas, una vez más, el pacto de contrataciones del Sergas, que Satse no ha firmado por considerarlo penalizador para los profesionales".

El Sindicato de Enfermería considera que esta sentencia "es la mejor prueba contra el pacto de contrataciones, pues penaliza a una profesional de Enfermería por ser llamada cuando está de baja maternal, chocando con la ley".