A las 18.36 horas, tras un día y medio deliberando incomunicados y después de 9 sesiones de juicio, el jurado tomó la palabra y dictó veredicto sobre el crimen de Alexandru Walter Boghiu, de 22 años, en el caso de 'A Esmorga'. Eduardo López Fernández y Óscar Estévez López fueron declarados ayer culpables de asesinato con alevosía, por una mayoría de 7 votos de entre los 9 integrantes del tribunal popular. Serán condenados por la magistrada presidenta, Ángeles Lamas, a una pena que solo podrá situarse entre los 15 y los 17 años de cárcel, entre la mínima que piden las defensas y la que plantean la Fiscalía y la acusación particular, con una rebaja de 18 a 17 años después de que el jurado admitiera una atenuante leve de alcohol. La noche de fiesta que empezó en pubs de O Carballiño la madrugada del 19 al 20 de diciembre de 2014, degeneró en violencia en la casa de Eduardo, en Cameixa (Boborás), y finalizó con un crimen en el canal de O Viñao, al que Alexandru fue arrojado cuando todavía estaba vivo. El jurado concluye que los dos son coautores de asesinato. Aunque sólo Óscar arrojó al chico al cauce, lo hizo con la "anuencia de Eduardo". Es decir, ambos planearon el asesinato: "Decidieron ejecutar el plan para acabar con la vida de Alexandru (...) Lo trasladaron al canal del Viñao, con la clara intención de tirarlo al río y causar así su muerte".

Los dos encausados se encuentran en libertad desde 2016, tras pasar año y medio en prisión preventiva. La Audiencia Provincial de Ourense decidió entonces su excarcelación, condicionada al pago de una fianza de 3.000 euros. Un hecho que la madre de la víctima no comprendió. Varias veces tuvo que cruzarse con los asesinos de su hijo por O Carballiño. Ayer ambos regresaron a casa pese al veredicto desfavorable. Advirtiendo un riesgo de fuga, la Fiscalía y la acusación particular solicitaron la celebración inmediata de una comparecencia. La magistrada la fijó para este mediodía, a las 11 horas. Cada parte expondrá sus razones para valorar si procede el ingreso de los encausados, o bien pueden esperar en libertad hasta que haya una sentencia firme. Los dos asesinos a ojos del tribunal del jurado están obligados a asistir. En caso contrario, se dictaría de inmediato una orden de búsqueda y detención.

Los hechos probados

Los acusados alegaban que la muerte de Alexandru fue un accidente desgraciado. El jurado valoró 28 puntos del objeto del veredicto y estudió 4 opciones: un asesinato con implicación de ambos, un homicidio con dos autores, un homicidio solo a manos de Óscar o una fatalidad. Se impuso la tesis principal de la Fiscalía y de la acusación particular. La Guardia Civil vio clave que hubiera ADN de la víctima en mitad de la carretera y en la barandilla, evidencias para los agentes de que el joven intentó escapar y resistirse a la caída.

En Cameixa, Alexandru, que a lo largo de la noche había tomado alcohol y éxtasis, profirió expresiones humillantes y vejatorias hacia la mujer e hija de Óscar. Forcejearon en el patio y el acusado lo empujó y le golpeó la cabeza contra el suelo, además de propinarle varios puñetazos. Eduardo y su entonces mujer -ella estaba durmiendo en la parte superior y bajó para exigir que finalizase la trifulca-, desinfectaron las heridas que tenía el joven a consecuencia de los numerosos golpes recibidos. Un chico que fue detenido pero quedó exculpado al prescribir la causa contra él por lesiones limpió con una manguera la sangre del patio, tras la paliza. La mujer de Eduardo se fue con sus hijos y el testigo decidió marcharse también. Los asesinos se quedaron con la víctima, ya maltrecha.

Por una mayoría de 7 votos -el mínimo para que el jurado declare probado un hecho desfavorable para los acusados-, el tribunal ciudadano considera que, sobre las 9 horas de la mañana del 20 de diciembre de 2014, una vez que Óscar y Eduardo se quedaron solos con la víctima en el patio de la casa de Cameixa, "decidieron ejecutar el plan para acabar con la vida" del joven rumano.

El jurado concluye que los dos asesinos "decidieron llevarse a Alexandru del lugar, metiéndose los tres en el vehículo de Óscar, poniéndose Eduardo a los mandos del vehículo". El tribunal popular asegura que "Óscar se introdujo con Alexandru en el asiento trasero, donde continuó golpeándolo durante el trayecto".

Los dos acusados, "conocedores de la zona y con el fin de anular cualquier posibilidad de defensa de Alexandru, lo llevaron a un paraje apartado, y donde apenas hubiese circulación a esas horas. Lo trasladaron al canal del Viñao con la clara intención de tirarlo al río y causar así su muerte", expone el punto determinante del objeto del veredicto. El tribunal popular cree que no fueron ambos acusados los que golpearon y lanzaron a Alexandru a las aguas del canal, sino que Óscar lo golpeó de nuevo ya junto al río y lo arrojó al cauce, desde una altura de más de cuatro metros. Actuó "con la anuencia de Eduardo", afirma el jurado.

El jurado votó en contra de la suspensión de la pena pero sí se expresó a favor del indulto en el caso de que los encausados decidieran tramitarlo. Es una medida de gracia que requiere con anterioridad, en todo caso, sentencia firme, así como el visto bueno del Gobierno.