El juez ha impuesto una pena de seis meses de prisión por estafa a un empresario que contrató con una empresa ourensana especializada en tratamiento de papel y cartón el envío de 600 bolsas para las que previamente envió un boceto.

El pedido se tramitó en dos entregas que fueron recibidas entre noviembre de 2015 y enero de 2016 por el acusado sin poner objeción alguna. No obstante, cuando la empresa emitió la factura con los datos bancarios ofrecidos por el cliente, esta no fue atendida por la entidad. Ante el impago, el proveedor envió sendos correos electrónicos exponiendo la situación y añadiendo los gastos bancarios ocasionados. Al no obtener respuesta, remitió un burofax el 29 de marzo al domicilio de la empresa del acusado, que no pudo ser entregado por "desconocido". De hecho, la supuesta mercantil no estaba inscrita.

El juez aprecia que existió "engaño" por todos estos hechos y "ánimo de lucro", ya que en ninguna de las dos entregas manifestó objeción. La sentencia, recurrible, le impone una indemnización al perjudicado de 500,63 euros.