Una de las cuestiones que plasma en su argumentario DO es un informe de un técnico municipal en el que señala que "la administración -en este caso el concello- está obligada por ley a defender el patrimonio municipal ejerciendo para ello cuantas acciones administrativas y judiciales sean necesarias", al hilo de la sentencia del Tribunal superior de Xustiza de Galicia (TSXG) de 2004, que fue firme dos años después, por la que "anula la titularidad privada del subsuelo de la Plaza de San Antonio", y añade que "al tiempo que establece que el parking que se encuentra en el subsuelo tiene que ser objeto de concesión administrativa", sin que eso se produjera hasta estos momentos.

Es por eso que las licencias concedidas en su momento por el gobierno bipartito van en contra de las sentencias del TSXG en las que se declara la titularidad privada "nula de pleno derecho", lo que para la técnica municipal significa que "nunca existió y por lo tanto el subsuelo siempre tuvo naturaleza demanial y pública". De ahí que por parte de DO no se entendería que ahora se informase que no procede revisar y declarar nulas las licencias de legalización en diciembre de 2007.