Ante la imposibilidad de extraditar a un economista que presuntamente se apropió de 400.000 euros de una empresa de O Carballiño de la que era el administrador concursal, la Fiscalía y el juez de Ourense que lo reclamaban por delito de malversación han decidido que sea Venezuela quien se haga cargo del proceso y juzgue al sospechoso. El Supremo del país latinoamericano resolvió en verano que la entrega de Alberto Jesús López Rodríguez, de 54 años, -natural de Venezuela, con pasaporte español y actividad en Galicia- resultaba "improcedente" y asumió "el firme compromiso" con España de juzgar al economista "con garantías". El magistrado de Instrucción Número 2 de Ourense, Luis Doval, en la primera situación de estas características que se le presenta en su carrera, ha dictado el sobreseimiento provisional de la causa por presunto delito de malversación. El Gobierno la remitirá al país americano a través del Ministerio de Justicia. López fue detenido el 2 de abril de 2018 en Caracas por la Interpol y continúa encarcelado.

El contable desapareció en el verano de 2017. El magistrado Luis Doval ordenó su busca y captura y decretó prisión para el momento en el que fuera extraditado, por la supuesta malversación de cuentas, por 400.000 euros, en la empresa Construcciones Otero de O Carballiño. Presuntamente, abrió varias cuentas bancarias e hizo transferencias a su favor. Podía enfrentarse a penas de 4 a 8 años de prisión. A Alberto López se le perdió la pista cuando se vislumbraban acciones penales por el presunto desfalco como administrador concursal en la liquidación de la entidad mercantil. En julio de 2017 había comparecido ante el fiscal jefe, Florentino Delgado, e hizo las maletas antes de que el ministerio público formulase querella por la supuesta malversación de los 400.000 euros que desaparecieron.

El fiscal jefe presentó su denuncia el 16 de octubre de 2017. Recayó en el juzgado de Instrucción 2. El magistrado dictó en marzo de 2018 una orden de busca y captura internacional y contactó con el Ministerio de Justicia para cursar la solicitud de extradición. El trámite se fue dilatando hasta que, en julio de 2018, Venezuela dijo no. Interpol comunicó que el Tribunal Supremo de Justicia había declarado "improcedente" la petición de extradición de Alberto López, que en los últimos años desempeñaba en Galicia el cargo honorífico de cónsul de Costa de Marfil.

La máxima corte del país sudamericano rechazó la entrega a España, cuya solicitud había llegado el 21 de mayo a la Sala de Casación Penal, con el argumento de que juzgará allí a López "con las debidas garantías" por la causa del desfalco. El Supremo instaba a la Fiscalía venezolana "para que solicite y recabe todas las actuaciones y cualquier elemento probatorio, para el esclarecimiento de los hechos" de la causa de malversación.

El proceso ha seguido su curso hasta derivar en el archivo provisional de la causa en Ourense, dictado recientemente, con el propósito de que todas las actuaciones lleguen a Venezuela y allí se haga justicia. El tribunal afirmaba, en su resolución contraria a la entrega, que la corte "asume el firme compromiso ante el Reino de España" de que contra López "se le seguirá juicio penal en la República Bolivariana de Venezuela" por los hechos de Ourense, "con las debidas garantías".

La extradición pretendía que el economista rindiese cuentas por el presunto desfalco pero también era importante para otra causa que tiene pendiente, instruida por el mismo juez: la que aborda presunta estafa en la facturación de la empresa de ayuda a domicilio al Concello de Ourense entre 2007 y 2011.

La duda de ayuda a domicilio

En este otro procedimiento, Alberto López está imputado junto a su exsocio, el empresario José Troncoso, y la exconcejala de Benestar, Marga Martín (PSdeG). La instrucción está prácticamente finalizada. De cara al juicio, el interrogatorio del fugado parece imprescindible para definir no solo su responsabilidad sino también la de los otros imputados, pues él ejercía la función de gerente de la empresa Troncoso Saludges, que gestionó el servicio básico de asistencia a mayores y dependientes en Ourense entre 2007 y 2011. Atribuye el magistrado en esta causa -a la espera de que la Audiencia Provincial resuelva los recursos- presuntos delitos de estafa en concurso con falsedad en documento mercantil, o un delito de fraude y exacciones ilegales, más un delito de malversación de la que solo sería presunta responsable la exconcejala. Queda por determinar si Alberto López será juzgado en rebeldía por la ayuda a domicilio o se intentará otra solicitud de extradición.