La exconcejala del PSdeG en Ourense, Áurea Soto, responsable del urbanismo de la tercera ciudad gallega entre los años 2007 y 2015, sale absuelta del caso de la residencia universitaria. El juez Ricardo Pailos no ve pruebas de que cometiera prevaricación, ni en la modalidad activa ni en la omisiva, un delito con ambas variantes que le atribuía una promotora, Casas Orense, con intereses en la zona del campus. La sentencia del Penal 1 aún no es firme y cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.

El juez deja clara la “innegable realidad” de que la concesión de licencia de ocupación y apertura de la residencia, otorgada por la junta de gobierno local en febrero de 2011 a propuesta de Soto, “no fue ajustada a la legalidad, al no haberse realizado las obras de urbanización del entorno”. Tras anularse en vía contenciosa la autorización, el recinto fue cerrado en 2014 y reabrió a principios de 2016 tras ejecutarse las obras de la urbanización del entorno a cargo de la promotra denunciante. Sin embargo, el juez adscrito al Penal 1 considera que no ha resultado probado que la exedil actuase a sabiendas de que la concesión supusiera “una patente contravención de la normativa urbanística”.

De la misma manera, Pailos descarta la prevaricación del otro acusado, el técnico Bienvenido F. G., un funcionario interino del Concello que elaboró un informe proponiendo la concesión del permiso a la concesionaria de la residencia. El juez descarta que existan pruebas de que el técnico elaboró su informe siguiendo los mandatos de Soto. Tampoco de que actuase a sabiendas de una ilegalidad urbanística.

El juez también considera que no ha resultado probado que la exconcejala retardase intencionadamente la incoación de expedientes de reposición de la legalidad urbanística y omitiese la obligación de cese de actividad. “Tampoco ha resultado probado que al obrar de tal modo tuviera Áurea Soto intención de contravenir de modo flagrante el contenido de dicho precepto”, recoge la sentencia.

La vista se celebró los días 20 y 21 de diciembre. La Fiscalía solicitó el archivo y la exedil agradeció su defensa en el derecho de última palabra. La acusación particular, ejercida por el abogado Antonio Feijóo Miranda, solicitaba un año de prisión para los acusados así como inhabilitaciones públicas. Áurea Soto propuso a la junta de gobierno local el permiso porque los informes eran favorables. "A mí no me chirriaba nada", manifestó en su interrogatorio. "Confiaba en el servicio plenamente". Además, negó órdenes al técnico contrarias a la legalidad. "Nunca he presionado ni exigido a los técnicos, jamás lo he hecho, ni tampoco conmigo lo han hecho nunca. Esas son costumbres de otros", dijo.

El funcionario y un testigo que lo ayudó a confeccionar el informe alegaron que el "criterio" en urbanismo con este y otros equipamientos era dar licencia cuando existe la "imposibilidad" de ejecutar los trabajos de urbanización. El juez entiende que en este caso “concurrían las circunstancias que justificaban la aplicación de dicho criterio (…), como que la concesionaria había ingresado fianza por el importe de las obras, más de 162.000 euros. “Efectivamente hubo verdaderas dificultades para cumplir el compromiso de llevar a cabo las obras de urbanización”. Pailos destaca asimismo que consta un informe técnico y otro jurídico, de la aparejadora municipal y el propio acusado.

Descarta una “vulneración patente y grosera” por parte de la exedil y subraya que “aparece como razonable que la concejal pudiese ponderar las circunstancias , de índole social y económica, que podría conllevar el cierre de un establecimiento que llevaba funcionando diez años”. La acusación particular sostenía que la falta de urbanización suponía un riesgo en caso de emergencia. El juez expone: “Sin duda, la realización de tales obras habría de permitir, en caso de incendio, que los bomberos pudiesen aproximarse a mayor número de puntos del edificio, en los que eventualmente pudiese ser necesaria su actuación. Sin embargo, es una mera evidencia que no puede servir de base para cuestionar en un procedimiento pena la seguridad de un edificio”, máxime cuando un perito certifica la seguridad del recinto y consta un informe del servicio de bomberos.

La exedil Áurea Soto tuvo que dimitir en 2015 tras ser llevada a juicio por el caso de la Plaza de San Antonio. Un asunto urbanístico denunciado por Democracia Ourensana en el que luego cogió el testigo como acusación el mismo promotor. De ese caso salió absuelta también. La exconcejala fue condenada en primera instancia a 7 años de inhabilitación por el caso de las asistencias técnicas. Las apelaciones de ella y cuatro expolíticos del bipartito, incluido el exalcalde Francisco Rodríguez, están en la Audiencia para que el tribunal provincial resuelva.