José Carlos Á. D. se libra de ir a prisión tras aceptar una condena rebajada de 6 a 2 años de cárcel por la atenuante de confesión. Dado sus escasos posibles tras haberse "fundido todo" -dijo ayer su abogada- de los 109.403,77 euros que robó de las cuentas a su tío emigrado en Venezuela, también podría ser otro el que pague la indemnización. La Fiscalía atribuye la responsabilidad civil subsidiaria a los bancos, por su "preocupante dejadez y negligencia, clara y meridiana", que causó "una gran inseguridad" al cliente, puesto que el acusado robó cartas del buzón del muro exterior de la casa de su familiar en la aldea de Fechiñas, en Celanova, y con la fotocopia de un DNI de la víctima cuya fecha de caducidad había retocado con el 'Paint' -un programa de edición de imágenes por ordenador, de nivel básico-, consiguió acceso a la banca electrónico, así como recibir tarjetas.

A la Guardia Civil les llamó la atención "las pocas medidas de seguridad" de las entidades, ya que el encausado no tuvo que personarse en ninguna oficina. En cambio, las financieras echan la culpa al cliente estafado, J. Á. B., un octogenario que lleva desde niño emigrado en Venezuela y que solo regresa a sus raíces un par de meses al año. Entre otros motivos, los bancos aducen que no les pidió que dejaran de remitirle correo antes de los hechos. "Lamentamos mucho lo sucedido pero esto es un contrato entre dos partes y hay que exigir diligencia a ambas", dijo ayer en el juicio la letrada de una de las entidades.

Desde el año 2011, el acusado aprovechó que la correspondencia salía del buzón del muro perimetral de la vivienda y se apoderó de un sobre que contenía el número de DNI de su tío. Operó en la banca electrónica, obtuvo varias tarjetas y creó cuentas corrientes, "facilitado por las escuetas medidas de seguridad aplicadas por las entidades bancarias", subraya la Fiscalía.

Del dinero de la víctima custodiado en cuatro entidades, entre septiembre de 2011 y enero de 2015, retiró efectivo, hizo cargos con la tarjeta o gastó con la aplicación Paypal de compras por internet, hasta estafar a su familiar emigrado un total de 109.403,76 euros. Solo Abanca, la entidad a la que la Fiscalía puso como ejemplo positivo, reintegró al perjudicado la cantidad de la que se apropió ilícitamente su sobrino, 3.640 euros. El resto son los 105.120,77 euros que constituyen la responsabilidad civil, y que el ministerio público quiere que abonen otras tres entidades (29.764,03 euros el Santander, 13.660,64 Open Bank, del mismo grupo, más 61.696,1 euros el BBVA).

José Carlos Á. D. reconoció ayer en el juicio los hechos, que se califican jurídicamente como un delito de descubrimiento y revelación de secretos, en concurso medial con una estafa continuada. Ni pidió autorización a su tío ni le comunicó nada. La pena de 2 años de prisión acordada por la Fiscalía y la defensa no tendrá, en principio, efectos prácticos, a la espera de la sentencia y la posterior fase de ejecución. Deberá abonar una multa -también rebajada de la petición inicial- de 1.080 euros en total.

"Me volaban los cuartos y no sabía quién era". El perjudicado fue un día al banco a cobrar la pensión y se encontró con que en la cuenta solo quedaban 50 euros. La víctima afirmó ayer haber dado indicación de que no le enviaran más cartas porque el buzón de su casa de Fechiñas era accesible desde el exterior. "Lo hicieron igual", declaró el octogenario en el estrado.

Los bancos alegan que antes de los hechos no advirtió de que se le retuviera la correspondencia, sino que solo efectuó esa petición a las entidades al descubrirse el desfalco. "Por defecto", testificó un apoderado del BBVA, "se envía salvo que el cliente solicite que no, es el procedimiento". La fiscal le preguntó: "¿Es suficiente la seguridad si, sin tener que personarse, puede llegar a recibir tarjetas con un DNI alterado?" El trabajador bancario argumenta que el acusado solo consiguió "un acceso restringido a la banca online", con un sistema "avalado por el Banco de España".

"La laxitud de las medidas de seguridad facilitó la actuación fraudulenta" del encausado, expresó el abogado de la acusación particular. "Los bancos cobran por custodiar el dinero y es innegable que deben responder por el menoscabo si existe negligencia". En la opinión del letrado del emigrante, "resulta difícil imaginar una actuación más negligente y caótica. O las medidas de seguridad se burlaron de manera grotesca, o no existieron".

La defensa: "No tuvo freno"

Son tres partes contra las entidades porque, lógicamente, la defensa quiere que la ingente cuantía la abonen ellas, no el estafador. "Es cierto" que cometió el delito, "pero no tuvo ningún tipo de freno ni límite". Según la letrada, "no hay posibilidad" de que José Carlos "haga frente" a la responsabilidad civil, que también pide imputar de forma subsidiaria a las entidades.

En cambio, las compañías creen que la conducta de la víctima no fue diligente. "No se preocupó por recoger la correspondencia, que dejó abandonada", lo que permitió que el acusado dispusiera de sus datos, según el abogado del Santander. "En ningún momento" avisó para que no le remitieran cartas a la aldea, o para que lo hicieran a Venezuela. "No existe negligencia del personal del banco ni infracción del reglamento. La única causa fue el acceso del acusado a los datos personales y el escaso celo o vigilancia de las cuentas" de la víctima, que "ni informó ni hizo ninguna queja" hasta que descubrió que la cuenta estaba vacía, dijo por su parte la letrada que representó en la vista al BBVA. "El principal responsable es el acusado pero no la entidad, que no cometió ninguna negligencia".