La acuciante falta de efectivos de los bomberos de Ourense y la comarcalización prevista de este servicio de emergencia están marcando la agenda política. Tras una propuesta de Ourense en Común (OUeC), el pleno aprobó este viernes la constitución de una mesa de trabajo para mejorar un servicio básico que está mermado por la falta de efectivos. En el 2000 había 73 profesionales en plantilla; hoy son 51 y los turnos en verano, cuando el riesgo de incendios se dispara, son de 9 o 10 efectivos. La relación tirante entre el parque y el Concello se exterioriza en críticas sindicales, comparecencias públicas como la que tuvo lugar el pasado 24 de julio, y también en el juzgado. El magistrado del Contencioso-Administrativo 2 de Ourense, José Andrés Verdeja, ha dictado una sentencia firme en la que da la razón a los bomberos y condena al Concello a darles días pendientes de permiso por asuntos propios, o bien a compensarlos económicamente.

Cuatro bomberos firmaron un escrito, de enero de 2017, en el que solicitaban al Ayuntamiento los días atrasados correspondientes a 2016 que quedasen a cada efectivo, más los adicionales que se generan por antigüedad. No obtuvieron respuesta. Decidieron ir al juzgado al entender que, ante la falta de contestación del Concello a la petición, debería entenderse como estimada por un silencio administrativo positivo. Añadían en la demanda que, en cualquier caso, la denegación de los días de asuntos particulares era contraria a la ley. Según el criterio de los bomberos, es obligación de la administración reorganizar el servicio para que opere correctamente sin impedir a los trabajadores disfrutar de los días a los que tienen derecho.

El Concello de Ourense, representado por una letrada municipal, alegó en primer lugar que el silencio administrativo tenía sentido negativo a la petición, que tendría consecuencias económicas y organizativas que incidirían en el gasto público, según su versión. En opinión del Ayuntamiento, la denegación de los permisos fue legal y conforme al acuerdo regulador de los empleados públicos del Concello. La negativa estaba justificada -argumentó en este pleito- por el hecho de que la concesión de los días de asuntos propios hubiese implicado que el servicio no quedase debidamente cubierto.

Por silencio administrativo

En una sentencia dictada con fecha 18 de julio, el magistrado José Andrés Verdeja considera que la petición que hicieron los bomberos en enero de 2017 "debe entenderse estimada por silencio administrativo, en cuanto que la administración demandada dejó pasar el plazo sin contestar a dicha solicitud, motivo por el cual el silencio debe considerarse como positivo". La Ley del Procedimiento Administrativo Común fija un tiempo máximo de respuesta de diez días para permisos para asuntos particulares. Un lapso que el Concello superó.

Sin obtener respuesta, los representantes de los bomberos presentaron un nuevo escrito en junio de 2017 en el que solicitaban una certificación acreditativa del silencio administrativo, así como la ejecución del acto firme. Tampoco hubo contestación del Ayuntamiento. El magistrado reitera que los demandantes tienen razón: "Se ha producido la estimación de pretensión por silencio administrativo".

Una vez que los bomberos pidieron un documento para certificar si la falta de respuesta aprobaba su solicitud, "y no habiendo recibido contestación, nos encontramos ante un acto firme de la administración". El juez Verdeja estima la demanda y, en consecuencia, la petición que previamente habían formulado al Ayuntamiento en el escrito de enero de 2017.

Declara "la obligación de la administración" y condena al Concello de Ourense "a concederles los días de permiso por asuntos propios correspondientes al año 2016, incluidos los generados por antigüedad", o bien a "indemnizarlos por su pérdida con la cantidad equivalente a la parte proporcional de las retribuciones correspondientes a un día laborable por cada día de permiso perdido".

La resolución del juzgado de lo Contencioso-Administrativo 2 de Ourense es firme. El Concello no tiene la posibilidad de interponer recurso, por lo que deberá acatarla y atender a la petición de los bomberos del permiso de disfrute de días particulares al que tienen derecho.

Paga las costas del juicio

La condena incluye la imposición a la administración demandada de las costas del proceso. Tendrá que desembolsar los honorarios del abogado de los demandantes, que han sido cifradas por el juez en 250 euros.