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El TSXG desestima el recurso contra las bases de la jefaturas de servicio del Concello

Ratifica la sentencia del juzgado de Ourense, pero rubrica una serie de "irregularidades" en el proceso seguido -Advierte que se "ocultó" un informe del interventor sobre esa cuestión

Departamentos administrativos del Concello. // Iñaki Osorio

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) desestimó el recurso presentado contra las bases y convocatoria de la catorce jefaturas de servicio en el Concello de Ourense que fueron impugandas por el grupo socialista y el sindicato policial del SPPME, ratificando la sentencia emitida en primera instancia por el Juzgado Contencioso-Administrativo nº1.

Aunque el alto tribunal gallego rechaza los argumentos alegados en los recursos presentados, advierte, al igual que lo hizo el juzgado en primera instancia, de una serie de "irregularidades" en el proceso seguido, pero que no lo invalidaría. No se puede entender "un sistema de provisión arbitraria", ya que no se vulneran los principios de igualdad, mérito y capacidad", como señalaba en su recurso el grupo socialista. De ahí que por parte del gobierno popular se destaque que la sentencia "viene a avalar la forma de proceder", cumpliendo de esa forma con el procedimiento que se había cuestionado en los recursos presentados.

Pero en la sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo nº1 de Ourense, que ahora confirma el TSXG, aunque se desestima el recurso se pone en evidencia dos hechos significativos como explicaron a FARO fuentes judiciales consultadas. Por una parte, que se "eliminó" del expediente y se "ocultó" un informe del interventor municipal, hecho que califican de "muy grave" y que podría dar lugar a responsabilidades.

Sobre esta cuestión, se plasma en la sentencia de primera instancia sobre el recurso presentado por el sindicato de la policía SPPME, que "al margen y con independencia de lo antedicho, y con el mismo carácter de óbiter dicta, debe realizarse una última consideración, a la vista del resultado de la prueba practicada como diligencia final·.

Dicha prueba ha demostrado que en fecha 1 de diciembre de 2016 el interventor municipal dirigió un "oficio" a la Concejalía de Personal manifestando una serie de observaciones, muy relevantes, sobre el procedimiento selectivo en cuestión, con indicación expresa de su número de expediente.

Y así, según aclaró el jefe del servicio de Recursos Humanos, Javier Rodríguez Nóvoa, en un informe de 22 de noviembre de 2017, de "manera unilateral" decidió no incluir dicho oficio en el expediente administrativo. Y tampoco se envió al Juzgado Contencioso-Administrativo con el expediente remitido por el Concello antes de la vista del juicio.

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