El juicio por el crimen de Santoalla quedó visto para sentencia ayer tras leer la portavoz del jurado el veredicto que declara culpable de la muerte del holandés Martin Verfondern a su vecino Juan Carlos Rodríguez, a quien también reconocen el delito de tenencia ilícita de armas.

Ocho años y medio después del homicidio y a punto de cumplirse cuatro desde que fueron hallados los restos del cadáver, un tribunal popular ha ratificado que fue Juan Carlos quien disparó la escopeta y su hermano Julio el que encubrió el crimen dejando que durante cuatro años la viuda de Martin se viese obligada a seguir con su vida sin saber dónde estaba su marido ni qué le había pasado.

Tras cuatro días de juicio, el jurado leyó ayer a las 13.00 horas el veredicto. A pesar de que la deliberación se prolongó más tiempo del esperado, no hubo sorpresas. Tanto la Fiscalía como las propias defensas habían aceptado el jueves que Juan Carlos, que tiene acreditada una discapacidad intelectual leve, fue el autor material de la muerte del holandés y que Julio llegó cuando ya estaba muerto, por lo que no participó en el homicidio. No obstante, tomó la iniciativa de encubrir lo sucedido para proteger a su hermano de una condena. La ley le exime de responsabilidad penal por parentesco en el delito de encubrimiento, por lo que no puede ser condenado por este hecho aunque el jurado le haya declarado culpable.

En cuanto al homicida, el jurado se mostró a favor de una solicitud de indulto al Consejo de Ministros y que pueda beneficiarse de la suspensión de condena. De hecho, Juan Carlos lleva en la cárcel por esta causa desde finales de noviembre de 2014, un "tiempo excesivo", según su defensa, para una persona discapacitada que ha demostrado "buen comportamiento" en prisión y sobre el que "no existe riesgo de fuga", ya que tiene limitadas sus habilidades sociales y de trabajo y viviría en Petín en la casa familiar de su hermano. La petición de libertad provisional, con medidas cautelares y manteniendo la prohibición de acercarse a Santoalla propuesta por su letrada, fue rechazada por el presidente del tribunal, Antonio Piña, después de que también se opusiese el Ministerio Fiscal.

Leído el veredicto, el juicio ha quedado visto para sentencia. El fiscal mantuvo su petición para Juan Carlos R. de 10 años de prisión por homicidio, seis meses por la tenencia de armas y una indemnización de 50.000 euros, además de la prohibición de acudir a Santoalla durante un período de 11 años y medio.

A falta de pruebas directas, la declaración de culpabilidad respecto a Juan Carlos (con siete votos a favor y dos en contra) se basa en "todos los indicios y circunstancias que constan en las actuaciones", así como en las propias declaraciones inculpatorias que realizaron los acusados ante la Guardia Civil y el Juzgado de O Barco. Por unanimidad admiten la atenuante de discapacidad mental al entender que Juan Carlos no tiene el adecuado desarrollo intelectual para planificar por sí solo una acción ni para atender órdenes de un día para el siguiente. Sostienen los integrantes del jurado que esta discapacidad le hace ser más impulsivo y dificulta la comprensión de las consecuencias de sus actos.

El veredicto recoge que Martin Verfondern y su esposa Margo Pool se instalaron en Santoalla, Petín, en mayo de 1997. Construyeron su hogar en una aldea en estado de abandono, en la que solo vivían Juan Carlos y sus padres. El otro hijo, Julio, subía regularmente para atender el ganado. La convivencia fue buena durante los primeros años pero la relación se torció con motivo de la rehabilitación de una vivienda adquirida por la pareja que provocó denuncias cruzadas.

En 2008 la situación empeoró. La familia se opuso a incluir a los nuevos residentes en el monte comunal que proporcionaba beneficios económicos anuales y Martin Verfondern y su esposa recurrieron a la vía judicial. El 4 de diciembre de 2009 obtuvieron este derecho por sentencia firme.

El jurado sostiene que Julio y su padre no querían que los nuevos vecinos participasen en las ganancias que producía el monte y esto "aumentó la enemistad hacia Martin". Seis semanas después de la resolución judicial, Juan Carlos se encontró a Martin que regresaba a Santoalla en su Chevrolet Blazer y "le disparó un tiro por la ventanilla", provocándole la muerte inmediata. Julio llegó después y se encontró a Martin muerto en el interior del todoterreno a la entrada de la aldea, y a su hermano en las proximidades. Apartó el cuerpo del holandés al asiento de atrás, se puso al volante del Chevrolet y "aprovechando su total conocimiento de la zona, lo llevó por pistas forestales a 18,5 kilómetros" a un paraje de A Veiga de "nulo tránsito, muy difícil acceso y vedada a la caza".

Julio actuó solo

Una vez allí, escondió el coche entre unos pinos, sacó el cuerpo y lo movió unos 150 metros, donde le prendió fuego con unas ramas. Quiso la casualidad que cuatro años y medio después, un helicóptero de la Guardia Civil que sobrevolaba la zona divisase el vehículo desde lo alto. El jurado considera que Julio realizó todo este proceso solo.