Este convenio, al igual que en ediciones anteriores, implica también que las obras que se realicen en instalaciones deportivas de los centros educativos trascienden la comunidad educativa. Así, dichos equipamientos podrán ser abiertos al uso general de la población fuera del horario lectivo para fines educativos, deportivos y culturales, siempre que no se interfiera en la programación de las actividades de los centros y que se garantice su correcta utilización.

Para tal fin, la Consellería de Educación estudiará las fórmulas de colaboración con las respectivas entidades locales que permitan que esta posibilidad redactada en el convenio pueda hacerse efectiva siguiendo los términos y condiciones previstos en el convenio marco firmado en 2014 entre la FEGAMP y la consellería, para el uso por parte de los concellos de instalaciones deportivas de titularidad autonómica.