El juez remarcó la posibilidad de que el autor de 6 disparos en un supermercado de Ourense, el miércoles 11 de enero, pudiera reincidir, "puesto que no existen razones que justifiquen su actuación, por lo que no es de extrañar que si queda en libertad pueda volver a actuar de forma semejante, con el riesgo que ello conllevaría para las personas o bienes". El magistrado Leonardo Álvarez dictó prisión preventiva el 13 de enero y la Audiencia Provincial ratifica esa decisión. La Sala desestima un recuso de apelación de la defensa y confirma la decisión "por entender, al igual que el instructor, que existe riesgo de reiteración delictiva", según informó ayer el gabinete de prensa del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

Carlos E. G. I., el hombre de 35 años que sembró el pánico en el súper, permanecerá entre rejas por ahora. Está en la prisión provincial de Pereiro de Aguiar desde el 26 de enero, tras dos semanas bajo evaluación psiquiátrica y vigilado las 24 horas por la Policía Nacional en el módulo para reclusos habilitado en el Hospital Santa María Nai. El 13 de enero, el juez Leonardo Álvarez dictó un ingreso previo en el hospital de Ourense para que el joven, con problemas psicóticos, fuera diagnosticado y estabilizado. Según parece, el joven sufrió un brote que lo llevó a coger la escopeta de caza de su padre y bajar al Mercadona donde solía comprar, en ocasiones una sola unidad varias veces al día.

No causó heridos pero fueron 7 minutos de pánico que el tirador protagonizó entre las 14.05 y las 14.12 horas del miércoles 11 de enero, en el supermercado de la Avenida Otero Pedrayo.

Su defensa, Javier González Sánchez, del despacho Atrio Abogados de Ourense, presentó el 24 de enero un recurso dirigido directamente en apelación a la Audiencia. El letrado cuestionaba una medida cautelar tan restrictiva, al entender que no es la solución más adecuada por la situación psiquiátrica del joven.

No se opuso a que el investigado fuera diagnosticado en el CHUO pero sí a la prisión preventiva. La defensa proponía la puesta del investigado en libertad vigilada, con un tratamiento psiquiátrico externo. Incluso ofrecía la alternativa a la Audiencia Provincial de que, en caso de considerar oportuna una medida privativa de libertad, la estancia del joven se llevara a cabo en un centro especializado, no en la cárcel. En el sistema penitenciario español no ha recursos. Solo existen dos prisiones -en Sevilla y Alicante- para albergar a reclusos con trastornos mentales. Los internos que acaban en ellas suelen contar ya con sentencia firme o en fase de juicio.

La Audiencia Provincial hace suyo el razonamiento del magistrado instructor. Leonardo Álvarez concluyó que la medida de cárcel es necesaria "puesto que mientras se encuentre en prisión no puede reincidir en su conducta delictiva".

Carlos E.G.I. está investigado por los delitos de daños, robo con intimidación, tenencia ilícita de armas, atentado a la autoridad y desorden público. El fiscal y el juez descartaron el posible homicidio en grado de tentativa que también le atribuía la Policía Nacional, tras relatar un agente local fuera de servicio que el joven disparó en su trayectoria cuando lo instó a detenerse. El cristal blindado de la entrada principal el súper detuvo el impacto.

Para dictar prisión preventiva es requisito que el investigado se enfrente a 2 o más años de condena. Los delitos atribuidos provisionalmente a Carlos E. G. I. podrían sumar hasta 12 años y medio de cárcel, según el auto de prisión preventiva de fecha 13 de enero. Por el robo con intimidación se enfrenta a entre 2 y 5 años. Por atentado a la autoridad, de 6 meses a 3 años de cárcel. Por un delito de tenencia ilícita de armas, de 6 meses a 1 año. Hasta 6 meses afrontaría por desorden público y un máximo de 3 años por los daños. Para la defensa no existió un atraco -Mercadona lo descartó, de hecho-, y si acaso se habría tratado de un delito intentado, no consumado (el joven tenía 1.200 euros en el bolsillo cuando fue esposado). Ninguno de los delitos restantes, interpreta el abogado, sumaría más de 2 años, pero la Audiencia Provincial no comparte sus argumentos.