Circular a más de 200 kilómetros por hora en una autovía, sin computar el margen de error del radar, constituye un delito contra la seguridad del tráfico. El límite general es de 120 kilómetros por hora y el cinemómetro no salta hasta los 128. La A-52, la principal vía de comunicación entre Galicia y la Meseta, registra cada año excesos flagrantes, aunque son contados las denuncias a conductores que incurren en delito. Y ello pese a que los radares cuentan con un sistema de aviso a las patrullas para evitar que los conductores extranjeros quedaran impunes pese a velocidades altas, como sucedía en el pasado salvo que se les diera el alto.

El juzgado de lo Penal 2 de Ourense acogió ayer un juicio por un delito contra la seguridad del tráfico, contra un conductor acusado por circular a 215 kilómetros por hora. A las 16.55 horas del 8 de febrero de 2015 fue detectado por un radar en el kilómetro 184 de la autovía das Rías Baixas, en el término municipal de Trasmiras (Ourense).

El acusado, Roberto B. D., sin antecedentes penales a efectos de reincidencia, puso fin ayer al proceso mediante un acuerdo de conformidad con la Fiscalía. El infractor admitió el delito vial y se benefició de una rebaja de la condena. Acató una multa de 6 meses a 6 euros día, lo que supone un total de 1.080 euros. Además, no podrá conducir vehículos a motor o ciclomotores durante un periodo de 1 año.