El alcalde del PP en Xinzo, Antonio Pérez, irá a juicio por presunto enchufismo. La magistrada de Instrucción 1 de Xinzo, Águeda Rodríguez, ha dictado auto de apertura de juicio oral por un presunto delito de prevaricación continuada. Esa resolución es la que marca cambios, según el código ético del PP. Pérez tramitó la baja del partido este miércoles, tal y como hicieron con anterioridad sus homólogos de Vilariño de Conso -acusado de prevaricación y falsedad-, y A Merca, que irá a juicio por desobedecer presuntamente una orden de derribo.

Según el PP de Ourense, el primer edil de Xinzo "presentou a última hora desta tarde escrito no Partido Popular de Ourense no que deixa constancia da súa renuncia temporal á militancia na formación, logo da decisión xudicial coñecida hoxe mércores, e mentres non se resolva a mesma. Pérez Rodríguez sinala no seu escrito que adopta esta decisión en cumprimento do establecido no réxime interior e o código ético do partido. O Partido Popular de Ourense deu trámite ao escrito do alcalde de Xinzo de Limia e ven de expresar o seu máis absoluto respecto pola súa decisión".

La apertura de juicio oral se produce después de que tanto la Fiscalía como el principal sindicato de Xinzo, la CIG, solicitaran 10 años de inhabilitación para empleo o cargo público. Es la pena máxima posible con el Código Penal vigente entonces.

La causa se inició a finales de 2013 tras varias condenas de los dos jueces de lo contencioso de Ourense, quienes vieron desviación de poder en varias contrataciones de eventuales que fueron sumando altas encadenadas, con el riesgo de convertir a temporales en indefinidos sin las debidas pruebas selectivas.

La instructora de la vía penal concluyó que el regidor pudo haber prevaricado, puesto que las contrataciones respondieron "al mero deseo, voluntad y mandato del señor alcalde" para "colocar" a determinadas personas, sin "las más mínimas garantías para la realización de un proceso selectivo en base a criterios de mérito y capacidad".

Según la juez, que analizó un total de 21 contrataciones, el alcalde prescindió "de todo procedimiento legal, haciendo caso omiso de los informes desfavorables emitidos por los técnicos municipales del concello, creando la posibilidad de que los trabajadores contratados de esa forma pasasen de estar contratados temporalmente o por duración determinada a estarlo de forma indefinida".

En su declaración como investigado, el alcalde argumentó que los informes de secretaría e intervención habían sido falseados. Adujo, además, que ningún técnico le realizó advertencias en contra, ni escritas ni verbales, en ninguna junta de gobierno, comisión o pleno.

El mandatario sostuvo entonces que desconocía los reparos porque, según él, las fechas fueron falseadas y algunos eran hasta 6 u 8 meses posteriores a los decretos. Por esas sospechas, el alcalde justificó haber precintado en su momento el ordenador del exsecretario y su exadjunta.

La juez rebate esta versión. "Los informes de la Secretaria e Intervención, si bien es cierto que poseen fecha de registro posterior a la contratación efectuada, pudo deberse a meros formalismos, siendo redactados por escrito con posterioridad, pero sin que con ello pueda deducirse que fueron realizados sin haber efectuado anteriormente, en el momento de la propuesta de contratación en la Junta de Gobierno, la reprobación o informe desfavorable de forma verbal". Y suma que "tampoco cabría entender que el alcalde desconocía el contenido de dichos informes, pues tal extremo sería en todo caso poco creíble, y supondría un actuar negligente".