En un escrito de 7 de octubre, el fiscal jefe de Ourense, Florentino Delgado, propuso la citación como investigado del exalcalde Manuel Veiga Pombo (PSOE), "por aparecer como presunto responsable en los delitos de malversación y prevaricación", en el conocido como caso del 10 %, el que investiga si en la tercera ciudad de Galicia se favoreció a promotores al no exigirles la cesión a suelo público de al menos esa porción de sus terrenos. En un auto de 13 de octubre, la juez de Instrucción 3, Eva Armesto, descartó la imputación, basándose en que ya habría prescrito la responsabilidad del que fue regidor en dos etapas (1987-90 y 1991-95). El fiscal jefe responde. Con fecha 7 de noviembre, formula recurso insistiendo en que se ponga el foco en el exalcalde. Si la juez mantiene su criterio apelará a la Audiencia.

Según Delgado, la posible prevaricación de este caso no habría prescrito -la juez cree que sí, al haberse superado los 20 años- porque el acuerdo del pleno de 1994, -gobernaba Veiga-, que decidió no exigir las cesiones urbanísticas a promotores, se mantuvo hasta 2002, momento en el que quedó sin efecto la decisión plenaria al entrar en vigor el PXOM. "Con este criterio, si sumamos los 15 años de prescripción al 2002 0 2003, se entiende que no existe dada la conexión íntima entre la prevaricación inicial y el posterior eventual delito de malversación de caudales públicos". Según el fiscal jefe, al no haberse extinguido la responsabilidad penal "parece obligado tomar declaración a quien dicto la resolución origen de este asunto".

Imputados Cabezas y exediles

Armesto lleva el caso porque el instructor inicial, el titular del juzgado número 1 y juez decano, Leonardo Álvarez, se apartó voluntariamente del proceso para no incurrir en causa de recusación. Era incompatible que siguiera con el caso, puesto que la denunciante del 10% es la exconcejala del PSOE Áurea Soto, la misma que le presentó una querella por presunta prevaricación, haciendo que prestara declaración como investigado en el Tribunal Superior de Xustiza (TSXG).

El caso del 10% fue reabierto en julio por la Audiencia Provincial, tras considerar "prematuro" un archivo dictado por el juez Leonardo Álvarez. La investigación mantiene como investigados al exalcalde del PP Manuel Cabezas, que fue el sucesor de Veiga, y a dos de sus exediles de Urbanismo, Ricardo Campo Labrador y Julio Díaz Salcedo.

Soto denunció en 2014 una presunta malversación de los gobiernos de Cabezas por "regalar" suelo al no haber exigido, entre 1999 y 2002, la cesión de al menos el 10% de los aprovechamientos privados. Aportó un informe del Consello de Contas que censuraba la gestión del ayuntamiento, y otro municipal que cifró en 1,6 millones de euros la cantidad que el Concello de Ourense dejó de ingresar en 15 promociones.

Manuel Cabezas prestó declaración en marzo como imputado, por primera vez, 9 años después de abandonar el cargo. Usó en su defensa el acuerdo adoptado por un pleno de 1994 -gobernaba el Manuel Veiga Pombo -que aprobó por unanimidad -salvo por una abstención- no exigir los aprovechamientos por falta de plan urbanístico adaptado. La decisión se adoptó tras el informe en ese sentido del secretario de aquel entonces, Mariano Rodríguez.

El funcionario, ya jubilado, es el testigo clave. Tras varios intentos en vano de interrogarlo, la magistrada Armesto ordenó la declaración "urgente e inmediata" de Mariano Rodríguez en su casa de León, por cuestiones de salud, con un cuestionario previo elaborado con las preguntas propuestas por las partes . Por el momento no se ha fijado la fecha.

Áurea Soto se opone al recurso

La denunciante, la exedil Áurea Soto, se opone al recurso de la Fiscalía, que hasta la fecha había mantenido la solicitud de archivo. La acusación sostiene que, con la entrada de la ley del suelo de 1997, la cesión del 10% del aprovechamiento pasó a ser obligatorio. El Consello de Contas reprochó que el Concello no lo hiciera. Y entonces ya era alcalde de la ciudad el popular Manuel Cabezas.

En un escrito en el que la acusación reprocha al fiscal que no hubiera intervenido antes -le afea incluso que no asistiera a la declaración de Cabezas-, la parte se pregunta por qué, con ese razonamiento, no pide el fiscal la citación de todo el pleno de 1994. "No deja de sorprendernos que únicamente se solicite la declaración en calidad de investigado de Manuel Veiga Pombo, ya que si el Ministerio Fiscal mantiene que el acuerdo de 1994 era ilegal desde sus inicios debería llamar a declarar a todos los miembros del pleno que votaron a favor". "Carece de todo sentido, evidenciando incluso un desconocimiento del régimen de votación del pleno del ayuntamiento", dice la abogada de la exconcejal socialista.