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Dos años de alejamiento y multa para un hombre que arrojó un machete a un vecino

El acusado, de Vilardevós, amenazó de muerte a un convecino y le rajó las 4 ruedas del coche - El fallo, que no es firme, también le impone 6 meses

Se llevaban mal hasta el punto de que uno de los vecinos aprovechó que el otro abría la ventana de su vivienda para arrojarle un machete. El arma blanca penetró al interior del domicilio, sin llegar a lesionar al morador. El autor de los hechos es un ourensano natural de Vilardevós, de 38 años, que ha sido condenado en primera instancia por la juez del Penal 1 de Ourense.

En una sentencia de fecha 24 de octubre y que admite recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, se le impone a Emilio F. A. una pena de 6 meses de prisión por un delito de amenazas no condicionales así como la prohibición de aproximarse a la víctima, a menos de una distancia de 100 metros y durante un periodo de 2 años. Por un delito leve de daños, el acusado tendrá que abonar una multa de 180 euros.

Son hechos probados que el acusado, nacido en Vilardevós y con antecedentes no computables a efectos de reincidencia, acudió en torno a la 1 de la madrugada del 30 de agosto de 2015 al domicilio de otro hombre, situado en una aldea de dicho municipio.

El acusado empezó a gritarle, a proferirle insultos y a decir que lo iba a matar, al tiempo que empuñaba un arma blanca. Cuando el aludido abrió la ventana de su vivienda, el acusado, que se encontraba a unos 4 metros, aprovechó la oportunidad para arrojarle un machete. El objeto alcanzó dicha ventana y se coló en la vivienda tras impactar en el marco de aluminio. Por fortuna no alcanzó al morador, que se adentró en la vivienda y salió ileso.

Los hechos no terminaron ahí. En su huida del domicilio de la víctima, Emilio F. A. vio su automóvil, que se encontraba estacionado en las inmediaciones de la casa, y le rajó las cuatro ruedas con un arma blanca. Después se marchó corriendo. El importe de reparación de los neumáticos sumó 260 euros, la cantidad, más intereses, que el acusado está obligado a indemnizar si la condena se convierte en firme. El afectado vio las ruedas pinchadas cuando bajó a la calle tras llamar a la Guardia Civil.

En el juicio negó los hechos

La juez ve acreditado que el acusado, que se encontraba bajo efectos del alcohol (una atenuante), mantenía una mala relación desde hacía tiempo con el otro hombre. El propio imputado lo reconoció en la vista, atribuyendo las rencillas a que su convecino lo había denunciado falsamente, según su versión, con anterioridad. (fue absuelto de haber sido el autor de un incendio en un alpendre) Además, negó haber cometido los hechos. Dijo que esa noche, tras haber cenado con su familia, acudió a una fiesta en Portugal con sus allegados y no regresó hasta las 4.

La juez subraya que la víctima "explicó los hechos detalladamente y de modo coincidente" con su versión desde el principio. Entiende que su declaración es veraz y "coherente" y reúne los requisitos "para constituir prueba de cargo bastante". Varios vecinos aseguraron haber escuchado voces, aunque no hay testigos que vieran el ataque ni al ahora condenado. Un sobrino del acusado declaró que aquella noche también cenó en casa pero no escuchó nada relativo a ir a Portugal.

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