El ourensano Benito Quintairos Folgoso, de 55 años, confesó en el juicio que cometió el doble crimen de su mujer y su suegra, por lo que la decisión adoptada ayer por el jurado era más que esperada. Por unanimidad, los 9 integrantes del tribunal popular consideran probado que el hombre natural de la aldea de Atás (Cualedro), emigrado en Euskadi desde los 16 años, acabó con la vida de su esposa, Mari Luz Alejo, de 58 años, a la que golpeó y asfixió, y después mató a su suegra, Amelia Rodríguez, de 88. El crimen fue cometido en diciembre de 2014 en el domicilio familiar, en la localidad de Abadiño (Vizcaya).

En su interrogatorio, negó premeditación y atribuyó los crímenes a un arrebato, tras negarle su mujer ayuda con las deudas de su empresa. "Estaba saturado y se negó a ayudarme, cuando siempre lo había hecho ayudado en ocasiones anteriores. Actué instintivamente, perdí el sentido común, y también el control de la situación y de mi vida". La mujer acababa de prejubilarse tras 41 años de trabajo y había recibido una importante cantidad de dinero. El acusado pretendía que lo invirtiera en su empresa, pero la víctima prefería ahorrar el dinero para el futuro. Benito Quintairos obró con las agravantes de alevosía y parentesco a ojos del jurado.

Además de autor del doble crimen, el tribunal popular lo declaró ayer culpable de un delito de daños por incendio, puesto que prendió fuego a su empresa y causó daños en dos empresas colindantes. Lo hizo tras el asesinato y, según la Policía, con la intención de fingir un atraco, puesto que se había colgado por los pies de una plataforma, maniatado y amordazado.

El jurado, integrado por seis hombres y tres mujeres, dio a conocer ayer su veredicto, tras concluir las deliberaciones que había iniciado el martes, una vez terminada la vista oral celebrada en la Sección Segunda de la Audiencia vizcaína.

La Fiscalía, la Abogacía del Estado, la acusación particular en representación de la familia y la acción popular ejercida por la asociación Clara Campoamor argumentaron, en el juicio, que el acusado cometió dos delitos de asesinato con alevosía y agravante de parentesco y un delito de daños.

Por su parte, la defensa sostuvo que se trataba de dos delitos de homicidio y planteó que el acusado actuó como consecuencia de un "arrebato" . La defensa esgrimió, además, la atenuante de confesión.

En una decisión adoptada por unanimidad, el jurado resuelve que el ourensano es culpable de muerte de su esposa y también de su suegra, "siendo su acción delito de asesinato con alevosía y parentesco". Asimismo, lo ve culpable del incendio, "siendo su acción un delito de daño", según el veredicto leído por el portavoz del jurado. El tribunal popular se muestra contrario a que le aplique al acusado la suspensión de la condena o la posibilidad de un indulto.

El fiscal pide la pena máxima

La Fiscalía solicita la imposición de una pena de 20 años de prisión por cada uno de los dos asesinatos -40 en total-, a los que suma otros tres años por el delito de daños. Según el ministerio público, está justificado "moverse en el entorno de la pena máxima", teniendo en cuenta que concurre una "alevosía sorpresiva" por elementos como el hecho de que las víctimas estuvieran "tumbadas" y "aturdidas" en el momento en que las mataron, una "alevosía convivencial" en el caso de su esposa, ya que "no existían previos conflictos de convivencia", y el "desvalimiento" en el caso de su suegra, una mujer de 88 años que dormía en la otra habitación y se levantó sobresaltada al escuchar la primera agresión. Asimismo, la Fiscalía indice en que el crimen machista fue "premeditado ".

En relación a la ejecución de la pena, la Fiscalía ha defendido que, en aplicación de lo establecido en el artículo 36.2 del Código Penal, la sentencia recoja un pronunciamiento sobre que "la clasificación en tercer grado penitenciario, en relación a la pena que se imponga, quede diferida hasta la mitad de la pena", ante la "gravedad de los hechos y de la pena correspondiente a este delito".

La Abogacía del Estado, la acusación particular y la acción popular han coincidido con la Fiscalía en solicitud de estas penas de prisión, que suman 43 años. También las tres partes han solicitado la aplicación de artículo 78.1 del Código Penal, de modo que todos los beneficios penitenciarios sean aplicados sobre la suma total de las condenas y "no sobre el límite máximo del artículo 76", según el abogado del Estado.

Indemnizaciones

Por otro lado, la Fiscalía y la Abogacía del Estado solicitan una indemnización de 120.000 euros a favor del hijo de la esposa y Quintairos, así como otros 20.000 euros para cada uno de los seis hermanos de una de las víctimas e hijos de la otra. La acusación que representa a la familia pide una indemnización de 150.000 euros para el hijo y de 25.000 euros para cada uno de los otros seis familiares. De igual modo, el ministerio público y representantes de las empresas y aseguradoras de las empresas afectadas por el incendio solicitan el abono de distintas cantidades en concepto de responsabilidad civil.

La defensa del ourensano pidió que las penas se impongan "en su grado mínimo" y que, en su cumplimiento, se apliquen los beneficios penitenciarios. Alega que en el delito de daños no está "justificado" pedir la pena máxima porque no hubo daños personales. La defensa solicita que la cuantía reclamada para el hijo se reduzca por su "total independencia económica". Sobre las cuantías solicitadas por los daños argumenta que debería ser la compañía aseguradora la que debería responder de forma directa. Tras analizar todas las posturas, la Audiencia Provincial de Bizkaia dictará la sentencia de condena imponiendo las penas que considere pertinentes.

El macabro suceso perturbó la tranquilidad de la aldea de Atás, Cualedro, en 2014. Del pueblo, donde residían un tío político y una prima, partió a los 16 años Benito Quintairos, uno entre 6 hermanos (5 varones y 1 mujer), para labrarse un futuro en Euskadi. Aquella Navidad iba a regresar junto a su hijo y su esposa víctima para reunirse con sus parientes ourensanos a pasar unos días de vacaciones. También lo hacía en verano con motivo de las fiestas parroquiales. Su prima no daba crédito: "Era un hombre estupendo, qué habrá pasado por su cabeza", decían, incrédulos, entonces.