El magistrado instructor de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Galicia (TSXG) José Antonio Ballestero ha denegado el procesamiento del juez Leonardo Álvarez a raíz de la querella presentada por la exconcejala socialista de Ourense Áurea Soto, al entender que no existen "indicios racionales" de la comisión del delito de prevaricación judicial en relación con la instrucción del caso de la plaza de San Antonio, del que la exedil resultó absuelta tras el juicio.

Según consta en el auto, cuya resolución no es definitiva, "no ha lugar a dictar auto de procesamiento" contra el magistrado-juez del Juzgado de Instrucción número uno de Ourense, que redactó los autos de imputación y de apertura del juicio oral en dicha causa, "por no existir indicios racionales de la comisión del delito de prevaricación judicial, ni doloso ni culposo".

Así las cosas, estima que la decisión del juez instructor "es objetivamente razonable" y recuerda que "los autos de imputación y apertura de juicio oral no suponen más que un juicio de mera probabilidad, por lo que la sentencia absolutoria no puede suponer, sin más, el delito de prevaricación judicial".

Además, descarta "cualquier manipulación de las fechas de las resoluciones judiciales (...) con la aducida intención de perjudicar a la señora Soto" y al abogado también querellante, Carlos Hernández; y considera que no es "acorde" que "los entonces meramente imputados no habían recurrido su imputación" pero sí acudieron a la vía penal "para combatir una resolución que se consintió al no recurrirla".

En esta línea, el magistrado del TSXG apunta que "esta resolución, que no es definitiva, no parece adecuada para argumentar sobre la buena o mala fe de la parte querellante", si bien "será la resolución definitiva que en su día proceda la que habrá de optar, si es el caso, por la apertura de la pieza separada para decidir sobre esas pretensiones del querellado".

Contra esta resolución cabe recurso de reforma, que en caso de existir será resuelto por el mismo magistrado. Tras ello, el TSXG ha adelantado que habrá de dictarse auto de conclusión del sumario, que se eleva a la sala compuesta por otros tres magistrados, quienes "podrán acordar el archivo de la causa o revocar el auto de conclusión de sumario y remitirlo de nuevo al instructor, bien para que realice nuevas diligencias de investigación o para que dicte auto de procesamiento".

La querella

La querella que motiva esta resolución fue presentada el pasado mes de marzo por la exconcejala de Urbanismo y por Carlos Hernández contra Leonardo Álvarez en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, y se basa en dos puntos.

Por un lado, se señalan "imputaciones selectivas", en referencia a la indemnización concedida a una vecina a modo de compensación por la pérdida de luz en su inmueble como consecuencia de que el TSXG dejó sin efecto una demolición prevista en la Plaza de San Antonio. Y es que, como argumenta, esa propuesta no la realizó la socialista, sino que fue firmada por una funcionaria que no llegó a acudir a juicio.

En paralelo, en la querella también se apunta a un posible "desconocimiento" de la ley por parte del juez decano de Ourense, tras reivindicar la legalidad de la licencia concedida al aparcamiento subterráneo de la citada plaza.

El pasado 7 de enero, la exedila y Carlos Hernández fueron absueltos de un delito de prevaricación urbanística por la concesión de licencia a los edificios de esa plaza y al estacionamiento.