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Un biólogo cifrará los daños del mayor ataque ecológico al Barbaña para que llegue a juicio

La Fiscalía solicitó una valoración completa sobre la afectación del vertido industrial que mató a 17.000 peces en 2009 -Había 120 veces más de cobre de lo permitido y 200 más de cinc

Un grupo de operarios, recogiendo peces muertos en el río Barbaña tras el vertido de junio de 2009. // Iñaki Osorio

La Fiscalía nunca ha cejado para que no quede impune uno de los mayores ataques contra el medio ambiente registrado en la provincia de Ourense. Una instrucción larga y trabada por sucesivos archivos y reaperturas caracteriza el recorrido judicial de un desastre ecológico al que van a poner cifras. A propuesta del ministerio público, un biólogo se encargará de hacer una valoración económica completa sobre la afectación al medio ambiente del vertido que, en junio de 2009, causó la muerte de 17.000 peces en el río Barbaña. En una resolución de estos días, el magistrado de Instrucción Número Uno, Leonardo Álvarez -obligado por la Audiencia a reabrir la investigación-, encarga a un especialista que calcule los daños de aquel ataque ambiental.

El biólogo designado para el caso Barbaña se licenció en la Universidad de Santiago de Compostela, en la especialidad de Zoología; ejerce como consultor ambiental y es experto en Ornitología. Deberá poner números al impacto causado por los tóxicos en el río. La Fiscalía considera necesario este informe, para tener en consideración junto al que con carácter previo realizó la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, el organismo encargado de la vigilancia y con potestad sancionadora.

Tras la recogida de muestras y análisis de aguas y ejemplares muertos, la Confederación cifró en 220.000 euros los daños causados por un vertido de ácido y metales pesados, como el cobre y el cinc, cuyo efecto más visible fue la acumulación de 17.000 peces aniquilados por los tóxicos que infestaron el Barbaña en junio de 2009.

El primer informe de la CHMS y las cifras que aporte el biólogo servirán para que las acusaciones -Fiscalía y la asociación Ríos Limpos- tengan base para fijar una reclamación de responsabilidad civil. El examen encargado al especialista se presume como la prueba definitiva del caso Barbaña para poder llegar a juicio y poner fin a una instrucción dilatada más de un lustro. Según se determinó en los análisis posteriores al vertido, la contaminación hizo que los niveles de cobre en el río Barbaña fueran 120 veces superiores a los permitidos y los de cinc, 200 veces mayores.

La causa fue reabierta el pasado mes de marzo por orden de la Audiencia Provincial de Ourense. El tribunal revocó un nuevo auto de archivo del juez Leonardo Álvarez, al entender que la depuradora EDAR de San Cibrao das Viñas, que recibe los residuos y aguas de los tres principales polígonos industriales, debió poner en marcha sistemas para detectar y frenar los contaminantes, porque así estaba obligada.

Nunca se localizó a la empresa responsable del derrame de alta concentración de ácido y metales pesados, como el cobre y el cinc, que acabó con la fauna fluvial. Para la sala esta ausencia de autoría directa no exime de que pueda existir delito ambiental, por omisión, por parte de Espina y Delfín, la firma responsable de la depuradora. En este escenario, el Concello de San Cibrao das Viñas sería el responsable civil subsidiario de la indemnización que se fijará en base al informe del biólogo y la CHMS.

En el proceso han declarado en calidad de imputados cuatro personas de la empresa responsable de la depuradora de San Cibrao, Espina y Delfín. Pasaron por el juzgado la administradora solidaria, el jefe de servicio, el encargado de mantenimiento de la planta y el responsable de control de funcionamiento de la instalación de aguas residuales. La Fiscalía ve indicios de un posible delito contra los recursos naturales y el medio ambiente, en la modalidad de imprudencia grave, tipificado con entre 1 y 2 años de cárcel y multa de 4 a 8 meses.

El juez Álvarez considera que las responsabilidades deberían dirimirse en el ámbito civil, pero en la última reapertura del caso, la Audiencia consideró que la empresa gestora de la EDAR "era conocedora de la existencia de vertidos industriales que accedían a la red de saneamiento que depura (...), sin embargo no se adoptó ninguna medida para mejorar su detección y tratamiento". La contaminación filtrada al río Barbaña pudo haberse evitado activando el "tanque-pulmón" (para eliminar el vertido tóxico con sosa en un proceso físico-químico), así como con el citado "conductivímetro".

En 2009, la planta carecía de este sistema pese a que estaba obligada a tenerlo tal y como establecía el permiso de la Confederación Hidrográfica. Su instalación tan solo requería un gasto de 20.000 euros. Según la Audiencia, la mercantil "no adoptó ninguna medida para mejorar" el tratamiento de vertidos "a pesar de los distintos requerimientos efectuados por la Confederación Hidrográfica para que se instalara un conductivímetro que diera alarma"

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