"Lo más representativo de estos fallos que dan la razón a mis clientes es que dos jueces reconocen que hubo engaño en el tema de las preferentes y que no se les dio la información adecuada", explica Juan José Pérez Barreiro, el abogado que llevó la representación de tres ourensanos, dos en O Carballiño y una en Celanova que habían suscrito participaciones preferentes y a los que los jueces los les dan la razón obligando a NCG Banco a devolverles un total de 116.000 euros.

Una de las sentencias fue dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de O Carballiño, el 24 de marzo de 2013, y el juez obliga a a NCG Banco a devolver 16.020 euros que habían depositado en preferentes una madre y una hija, que tenían en aquel momento de firmar el acuerdo, 75 años y 41 respectivamente.

En la argumentación del juez, este reconoce que "la orden de compra de valores es un engaño en sí misma" y que la demandada, en este caso, la entidad crediticia, "utilizó un lenguaje críptico, que cualquier persona que carezca de conocimientos especializados de los productos de Nova Galicia, (la mayoría de los ciudadanos), es incapaz de comprender", así que estima el juez "los demandantes tenían que usar un intérprete solo para saber qué productos les habían sido adjudicados".

También otra sentencia del Juzgado de Primera Instancia Número 2 de O Carballiño, el 11 de abril de 2013, condena a NCG Banco a devolver a otra madre y a su hija 48.000 euros (42.000 de preferentes y 6.000 de subordinadas) el juez ve "un engaño total por parte de la entidad, pues no se aseguró de que sus clientes sabían los riesgos que corrían".

Este depósito bancario se suscribió en 2011, y sin embargo los empleados ya sabían según advierte el juez en su sentencia, desde dos años antes "que la entidad pasaba por una situación económica desastrosa que no tenía visos de evolucionar favorablemente".