La Oficina de Extranjería de la Subdelegación de Gobierno en Ourense acaba de poner en marcha el servicio de cita previa. Así, desde el pasado día 13 de octubre se ha habilitado el número de teléfono 988 75 91 88 para la realización de cualquier trámite o consulta sobre extranjería.

Se trata de un servicio pionera en Galicia, ya que la oficina ourensana es la primera en introducir esta modalidad como parte de los planes de mejora para el año 2009 en relación con el modelo de calidad europeo denominado EFQM (Fundación Europea para la Administración de la Calidad).

El objetivo de este nuevo servicio es agilizar los trámites de extranjería, favorecer la eficacia administrativa y mejorar la atención al ciudadano. Ahondando en esta finalidad, la Subdelegación del Gobierno en Ourense prevé la puesta en funcionamiento de este mismo servicio de cita previa a través de internet en enero de 2010.

Desde la Subdelegación señalaban ayer que los usuarios de la Oficina de Extranjería están siendo informados del inicio de este nuevo servicio de cita previa.

No obstante, durante el próximo mes, como período de adaptación, los funcionarios de la unidad atenderán las demandas de información y tramitación que no hayan sido solicitadas a través del teléfono 988 75 91 88. El horario de atención al público es de 09:00 horas a 14:00 horas.

La Unidad de Extranjería ha realizado durante el 2008 un total de 3.247 expedientes. En su mayoría, renovaciones de autorizaciones de residencia y trabajo, con más de 900 actuaciones; residencia familiar a ciudadanos comunitarios (712), autorizaciones de residencia permanente (278) y autorizaciones de residencia temporal inicial (258).

Otras funciones

Entre las funciones atribuidas a la Oficina de Extranjería también se encuentra la realización de informes visados de investigación y estudios, la autorización de prórroga de estancia por investigación y estudios, e informes sobre desplazamiento temporal de menores extranjeros con fines de escolarización.

Además, lleva a cabo también autorizaciones por tratamiento médico o disfrute de vacaciones, así como la expedición de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión y tarjeta de residencia permanente a los familiares de ciudadanos de estos estados que pretendan residir en España por un periodo superior a tres meses o bien de manera permanente.