El acuerdo adoptado por el Juzgado de Primera Instancia de Ourense, por el que se decreta el embargo provisional de la finca Santamariña tras atender la petición realizada por cinco reversionistas hasta que la empresa inmobiliaria Flager no abone los más de 2,5 millones de euros con los que debe resarcir a estas personas que presentaron el procedimiento civil, paraliza cualquier actuación en esos terrenos, según indicó el letrado de los denunciantes, Manuel Rodríguez González.

Se trata del primer procedimiento que cuenta con la resolución favorable del Juzgado de Primera Instancia, posteriormente ratificado por la Audiencia Provincial, aunque la empresa presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que está pendiente de su aceptación.

Ante la negativa de Flager de abonar esta cantidad fijada en la condena civil, esgrimiendo para ello la presentación del recurso de casación, el letrado de los reversionistas pidió la ejecución de sentencia, decretando el juez el embargo provisional que en estos momentos pesa sobre la finca Santamariña.

Pero en estos momentos está abierto otro procedimiento judicial, también por la vía civil, después de que dos reversionistas reclaman a la empresa entorno a un millón de euros, y cuya sentencia está a punto de conocerse, con lo que de ser desfavorable a la empresa ésta deberá abonar a los reversionistas que reclamaron, en total siete personas, una cantidad total superior a los 3,5 millones de euros.

Es por eso que la historia de la finca Santamariña no se finiquitó con la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que daba por buena la transacción realizada entre la Diputación y Flager y rechazó los argumentos esgrimidos por los grupos provinciales del PSOE y BNG en el proceso contencioso que presentaron en el momento de la venta de la finca.

Así, el letrado Rodríguez González señala que la empresa inmobiliaria Flager "sólo pagó a la Diputación la octava parte y se olvidó de resarcir económicamente a los originarios reversionistas de la finca".

De ahí que optasen por recurrir a la jurisdicción civil, que les viene de dar la razón, y condena a la empresa inmobiliaria al pago, en principio de 2,5 millones de euros, de esas cantidades, según el valor que se refleja en la sentencia.

En lo que incidió el letrado es en los "legítimos derechos que tenían los reversionistas" las sentencias civiles vienen a ratificarlos. Y lleva consigo la confirmación, como en su momento habían denunciado los denunciantes, de que Flager "nunca tuvo el cien por cien de los derechos de reversión para negociar con la Diputación".

Una vez que la finca dejó de tener la finalidad de granja agropecuaria la empresa se hizo con los derechos de reversión, iniciando un proceso judicial contra la Diputación para su adquisición, pero "se olvidó de que había otros reversioionistas".