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Sanciones que van desde 100 euros hasta los 600.000

Las sanciones por incumplir lo dispuesto en el estado de alarma pueden ser económicas, con una horquilla que va desde los 100 hasta los 600.000 euros, o incluso de prisión. La normativa para aplicarlas se articula en base a cuatro alternativas: Ley de Seguridad Ciudadana, Ley de Salud Pública, Ley del Sistema de Protección Civil y el Código Penal.

La Ley de Seguridad Ciudadana recoge infracciones leves, castigadas con entre 100 y 600 euros, entre las que se incluye retirar o saltarse vallas y precintos de seguridad. Los casos de desobediencia, resistencia, aportación de datos falsos o inexactos o la negativa a identificarse acarrean sanciones graves, castigadas con multas de 601 a 30.000 euros.

Si se aplica la Ley de Salud Pública las cuantías son superiores. Las personas con conductas u omisiones que puedan producir un riesgo o daño grave para la salud de la población se enfrentan sanciones de entre 3.000 y 60.000 euros. Si esas acciones pueden ocasionar un daño muy grave las multas se elevan hasta un rango que va de los 60.001 a los 600.000 euros. Aquí se incluye la desobediencia o el incumplimiento reiterado de las instrucciones por parte de las autoridades.

La Ley del Sistema de Protección Civil prevé infracciones graves, de 1.500 a 30.000 euros, por el incumplimiento de sus disposiciones y si esa inobservancia supone una especial peligrosidad o trascendencia para la seguridad el castigo puede ser de 30.001 a 600.000 euros. Finalmente, el Código Penal recoge que los delitos de desobediencia pueden suponer una pena de prisión de tres meses a un año o bien una multa de seis a 18 meses.

Todos los atestados levantados por los diferentes cuerpos de la Policía o por la Guardia Civil se remitirán a la Subdelegación del Gobierno para su tramitación. Los afectados tendrán la posibilidad de recurrir las sanciones administrativas por vía judicial.

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