El modelo elegido para resolver los problemas de contaminación de la ría de Pontevedra, y que provocaron una condena a España en 2016 por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, es una cuestión que atañe únicamente a las autoridades españolas, siempre que se ajusten a la legislación estatal y comunitaria vigente. Esta, básicamente, es el contenido de las respuestas dadas por la Comisión Europea a las distintas preguntas planteadas por los eurodiputados de En Marea, BNG y Ciudadanos sobre el proyecto para ampliar la depuradora de Placeres. Una actuación que incluye la construcción del nuevo emisario submarino por parte de la Xunta de Galicia.

En dichas iniciativas, tanto la diputada de En Marea, Lidia Senra; como la del BNG, Ana Miranda; cuestionaban el modelo elegido por las autoridades españolas (concretamente la Xunta), para sanear la ría. En este sentido, alguna de las iniciativas aludía a la posibilidad de que distintos núcleos y áreas industriales cuyos vertidos confluyen en esta única EDAR tuvieran que contar con sus propias depuradoras de aguas, sin la necesidad de ampliar esta instalación. Una ampliación a la que también se opone la plataforma vecinal de Os Praceres.

En su respuesta escrita, el comisario de Medio Ambiente de la UE, Karmenu Vella, explica que la Comisión Europea está al tanto de ambos proyectos (tanto la ampliación de la depuradora, como el nuevo emisario submarino) como actuaciones propuestas por el Gobierno de España para dar cumplimiento a la sentencia condenatoria a España del Tribunal de Justicia Europeo.

Insiste en que las autoridades españolas les comunicaron que "la construcción de un nuevo emisario submarino y la ampliación de la actual planta depuradora de Os Praceres constituían la mejor alternativa técnica, económica, social y medioambiental para hacer frente a la carga contaminante, actual y estimada, de las aguas residuales de la aglomeración urbana de Pontevedra-Marín-Poio-Bueu". Y sobre el modelo elegido explica que "la ubicación y el número de instalaciones de tratamiento de aguas residuales urbanas que hacen falta para tratar toda la carga contaminante (sea mixta o no, o esté sometida a pretratamiento)" es "una decisión que debe valorar España al elaborar los proyectos mencionados".

Lo que sí, recuerda que la mezcla de aguas residuales domésticas con las industriales está sujeta a normativas que se han de cumplir, así como las modificaciones en los proyectos. En cuanto a las protestas vecinales, recuerda que la directiva europea en esta cuestión incorpora mecanismos para garantizar la participación pública además de la opción de los afectados para presentar recurso ante un tribunal si consideran que se vulnera alguna normativa.