El Consello Consultivo de Galicia decidió devolver el expediente de resolución del contrato de la gestión del servicio público, mediante concesión administrativa, relativo al ciclo integral del agua, al Concello de Cangas, con el fin de que se verifiquen determinadas actuaciones.

El informe preceptivo, que no vinculante del Consello Consultivo de Galicia, llama la atención sobre la falta de informe de Intervención y también sobre una suficiente contestación a todas y cada una de las alegaciones presentadas por la concesionaria del servicio, UTE Gestión Cangas. En el citado informe se revela también la postura del nuevo secretario del Concello de Cangas que no había gustado nada al concejal de Urbanismo y Facenda, Mariano Abalo. Y es que el informe de la Secretaría del Concello de Cangas, que tiene fecha del 9 de octubre de 2018, se mantenía textualmente que "no tocante á tramitación do expediente cómpre sinalar a existencia de defectos na contestación das alegacións toda vez que a empresa non atende a contestar en puridade a contestar as alegacions feitas pola UTE Gestión Cangas, sen que reafirma os informes anteriores desestimando prima facie as consideracións feitas pola adxudicataria sen entrar a rebater as mesmas".

En este sentido, el Consello Consultivo de Galicia considera que es preciso que el Concello solicite, bien al departamento municipal que corresponda, bien la empresa Método Ambiental Consultores S.L. una suficiente contestación de todas y cada una de las alegaciones "que formulou a concesionaria con apoio de varios informes periciais".

Intervención

En cuanto a la falta de informe de Intervención, el Consello Consultivo señala que "cómpre notar que a tramitación dos expedientes de resolución dos contratos administrativos das entidades locales galegas, esixe a realización dunha serie de trámites, entre eles, a emisión dos informes de Secretaría e Intervención da entidade local en cuestión, dacordo co previsto no artígo 321.2 da Lei 5/1997, de 22 de xullo, de administración local de Galicia, que establece con carácter preceptivo do informe do secretario e do interventor da corporación, con carácter previo á adopción do acordo de interpelación contractual. Deste xeito, no expediente remitido obra o informe da Secretaria, mais bótase en falta o preceptivo informe da Intervención, polo que é preciso a súa evacuación e ulterior incorporación ao expediente", indica.

Hay una tercera cuestión que plantea el Consello Consultivo de Galicia, que está relacionada con los plazos. Asegura este órgano consultivo que una vez se enmienden los defectos observados y completada la tramitación del procedimiento conforme a las observaciones antes señaladas y con la elaboración final de una nueva propuesta de resolucións, el expediente de berá ser remitido a este órgano consultivo para su preceptivo dictamen. Así indica que para tal efecto debe considerarse, además, que el transcurso del plazo máximo para resolver el procedimiento (tres meses, ampliados en un mes y medio en el acuerdo del fecha del 30 de mayo de 2018, sin dictarse resolución, trae consigo la caducidad del procedimiento administrativo. También explica que, en todo caso, la declaración de caducidad no es un obstáculo a la resolución contractual pretendida, pero exige la incoación de un nuevo expediente de resolución.

Las conclusiones del Consello Consultivo de Galicia respecto a la resolución del contrato del ciclo del agua de Cangas no hace otra cosa que retrasar todavía más una solución definitiva a uno de los grandes problemas con los que se enfrenta el Concello de Cangas.

Habrá que esperar al informe de Intervención, que supuestamente, deberá contener una evaluación sobre si es factible para las arcas municipales la resolución del contrato.

La decisión del Consello Consultivo es de 31 de octubre, por lo que es prácticamente seguro que la UTE y el gobierno local de Cangas ya la conocían cuando se reunieron el pasado miércoles, 7 de septiembre.