Los vecinos que quieran abrir furanchos esta temporada en Cangas para le venta del vino excedente de consumo propio que procede de sus viñedos, pueden ya presentar la solicitud en el Concello para obtener la pertinente autorización municipal, que es obligatoria para realizar la actividad. La temporada se abre el 1 de diciembre y se prolonga hasta el 30 de junio aunque solo se pueden abrir hasta un máximo de tres meses dentro de este período, además de que no pueden servir más de cinco tapas.

Entre los requisitos a presentar en su solicitud en el Concello, los furancheiros deben aporta el lugar exacto en donde se sitúa el establecimiento, el número de litros que se pretenden vender, la variedad o variedades de uva de la que procede y el período de apertura dentro de ese período comprendido de 7 meses, entre diciembre y junio. Fuera de este tiempo, no se permiten furanchos.

La solicitud debe de ir acompañada de una declaración responsable, fotocopias del DNI, compulsada del título o contrato que acredite la disponibilidad del establecimiento por parte del solicitante para su uso como furancho; documentación acreditativa de tener declaradas las viñas en el Registro Vitícola de Galicia; de igual manera se debe aportar la documentación acreditativa de haber realizado las declaraciones obligatorias del sector vitivinícola; documentación de suscripción de póliza de seguro de responsabilidad civil; determinar la elección del período de apertura y un proyecto básico firmado por un profesional competente con pronunciamiento expreso sobre el cumplimiento de la normativa técnica vigente en prevención y protección contra incendios, la sanitaria frente al tabaquismo y cualquier otra que resulte legalmente aplicable.

No acaban aquí los requisitos a cumplir por los furancheiros que en la solicitud al Concello deben aportar análisis del vino puesto a la venta; memoria descriptiva de la cantidad de vino a vender, número de barriles utilizados para almacenar el vino y capacidades de estos.

Los responsables de los furanchos tienen obligación de exponer, en un lugar visible del local, el distintivo oficial de furancho y podrán anunciar su existencia mediante el distintivo tradicional de la rama de laurel.

El horario de apertura permitido en Cangas para estos establecimientos es de 12:00 a 15:00 y de 19:00 a 24:00 horas