La no comparecencia del presunto "gigoló" vigués, convocado como testigo en el juicio que tenía previsto celebrarse ayer en la sala del Juzgado de lo Penal 4 de Pontevedra contra un vecino de Cangas de origen peruano, que supuestamente contrató sus servicios para su mujer, obligó a suspender la vista. El fiscal acusa al cangués de un delito de lesiones contra su mujer. El "gigoló" era el principal testigo para determinar cómo habían sucedido los hechos de la noche de Reyes del pasado año y que acabó con él y el acusado en los calabozos del cuartel de la Guardia Civil de Cangas, después de una noche agitada en una habitación de un céntrico hotel de la villa a la que subieron los tres.

El vecino de Cangas iba a ser juzgado ayer por un delito de lesiones contra la que era en aquel momento su mujer, aunque ella ya había presentado la demanda de divorcio. El fiscal señala en su escrito de acusación que O.D.A.V. en el transcurso de una discusión, "con ánimo de atentar contra la integridad fiscal de su mujer R.A., le dio tres puñetazos en la cara". Como consecuencia de la agresión, la mujer tuvo una contusión en la nariz que requirió dos días de tratamiento y que según el fiscal le impidió el desempeño de sus funciones habituales, aunque no tiene secuelas. También indica el escrito del fiscal que el acusado tiene prohibido aproximarse a una distancia inferior a 500 metros al domicilio, lugar de trabajo, lugar frecuentado por la misma o cualquiera otro donde se encontrara, así como la prohibición de comunicación por cualquier medio acordado en el auto del titular del Juzgado de Instrucción Número 1 de Cangas el día 5 de enero de 2017. También refleja el fiscal que el acusado, en el momento de los hechos se encontraba en estado de embriaguez "que afectaba a sus capacidades intelectivas y volitivas", circunstancia que se considera como atenuante.

El Ministerio Fiscal califica los hechos de un delito de maltrato no habitual en el ámbito familiar y pide nueve mese de prisión y privación del derecho de tenencia y porte de armas por dos años. También solicita que se mantenga la orden de alejamiento por un periodo de 2 años y 6 meses y que el acusado debe indemnizar a la víctima con la cantidad de 100 euros por las lesiones causadas.

El ningún momento, el escrito del fiscal hace referencia a la contratación o no por parte del acusado de un gigoló. No obstante, su ausencia fue la que obligó a suspender el juicio.