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Un informe del Concello de Bueu advierte que los badenes de Montero Ríos incumplen la normativa de Fomento

Su altura dobla lo permitido por su longitud

Un coche pasa ayer por uno de los badenes construidos delante del Museo Massó en Bueu. // G.Núñez

Las constantes quejas vecinales e incluso las mostradas por algunos grupos municipales en el pleno, como el caso del PP, obligaron al gobierno local de Bueu a encargar a sus técnicos un informe sobre los badenes construidos recientemente por Portos de Galicia a lo largo de la Avenida Montero Ríos. La comprobación del aparejador municipal es clara y contundente: estos elementos, conocidos también como "lomos de asno", no se ajustan a la normativa técnica del Ministerio de Fomento. Es más, según el Reglamento General de Circulación se considerarían como "obstáculos en la calzada".

El propio alcalde de Bueu, Félix Juncal, se puso en contacto con el presidente de Portos de Galicia, José Juan Durán, para explicarle las quejas recibidas y que en base a las mismas se procedió a solicitar el informe técnico, que ya se remitió al ente público. El aparejador municipal expone en el mismo que el Ministerio de Fomento redactó en su día una "Instrucción técnica para la instalación de reductores de velocidad y bandas transversales", que regula la altura o arco de estos lomos en función de su longitud.

En el caso de los que se han construido en la Avenida Montero Ríos de Bueu, que son once, se constata que tienen una longitud media de 1,80 metros y una altura de entre 6 y 7 centímetros. Esa altura sería la máxima permitida en el caso de que los badenes tuviesen una longitud de hasta cuatro metros, con lo que el arco sería mucho más "suave". La orden ministerial establece que para los reductores de velocidad prefabricados con una longitud superior a los 60 centímetros, como el caso de los de Bueu, la altura de los lomos debería ser igual o inferior a los tres centímetros.

El informe municipal cita a su vez el Reglamento General de Circulación del año 2003, que en uno de sus artículos subraya que todos "los resaltos en los pasos de peatones y bandas transversales" serán legales siempre que "cumplan con la regulación básica establecida para el efecto por el Ministerio de Fomento". En los casos en los que no se ajusten a la normativa el reglamento estipula claramente que ese tipo de badenes tendrán la consideración de "obstáculos en la calzada", que en estos momentos sería el caso de los de Bueu.

La construcción de los reductores de velocidad fue una petición del Concello de Bueu y de un colectivo que recogió unas 700 firmas como medida para "calmar" el tráfico en una vía de gran presencia peatonal. Portos se ha comprometido a estudiar la situación para que realmente estos badenes cumplan el objetivo con el que fueron construidos y que sirvan para calmar y no detener la circulación.

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