El vecino de Moaña Jesús Rodríguez Cruz, alias O Briso, condenado por la Audiencia de Pontevedra a 21 años y medio de cárcel por el homicidio de Moisés González y herir a Fernando Moreira, en los que el tribunal consideró otro intento de homicidio, tiene diez días de plazo para ingresar voluntariamente en el penal de A Lama, en Pontevedra. La decisión fue adoptada por la Audiencia de Pontevedra tras recibir el auto del Tribunal Supremo, que a finales de marzo decidió no admitir el recurso de casación interpuesto por la defensa del condenado por el denominado tiroteo de O Con, en Moaña, ocurrido en la madrugada del día 5 de enero de 2013.

O Briso solo permaneció en la cárcel de A Lama, en prisión provisional, nueves meses. La Audiencia dejó en libertad a O Briso como consecuencia de su estado de salud, al padecer una enfermedad grave que obligó a internarlo en varias ocasiones en un hospital. El estado de salud de Jesús Rodríguez quedó patente en la vista oral que se celebró en la Audiencia de Pontevedra. Apareció demacrado por la enfermedad. Tanto el Fiscal como los abogados de las victimas recurrieron la libertad provisional y cuando se dio a conocer la sentencia que condenaba a Jesús Rodríguez Cruz, el 28 de enero de 2016, pidieron su ingreso en prisión. Ambas partes sostenían que debía ser el forense de la prisión de A Lama quien dictaminara si O Briso tenía que estar o no en prisión. También recurrieron la fianza de 25.000 euros impuesta por la Audiencia de Pontevedra, ya que consideraba que debía alcanzar el importe de la indemnización que el condenado por el tiroteo de O Con tenía que pagar a las víctimas. De hecho, también la Audiencia de Pontevedra también requiere al condenado para que empiece a pagar la indemnización fijada en la sentencia.

Los hechos ocurrieron en la madrugada del 5 de enero de 2013, delante de la casa de O Briso, en el barrio moañés de O Con, donde reside el declarado culpable de haber matado a Moisés González y Fernando Moreira. La sentencia establece también la prohibición de aproximase a menos de 500 metros de Fernando Moreira, hombre que resultó herido en el tiroteo y de su hijo. La sentencia judicial señala que queda probado que no habían ningún encapuchado, sino que el fallecido se había presentado en la casa de Jesús Rodríguez con una braga náutica para resguardase del frío que hacía esa noche. También quedó acreditado que Jesús Rodríguez reconoció de forma inmediata a Moisés González y se rechaza la tesis de que O Briso había actuado en defensa propia. Recordar que Jesús Rodríguez se negó a declarar en todo el juicio.

Sí lo hizo Fernando Moreira, que aseguró que acompañó a la víctima mortal a casa del acusado y que, tras llamar al timbre de la puerta de O Briso, el fallecido y el acusado apenas mediaron palabra dado que se observó de inmediato los fogonazos de los dsiparos realizados por el condenado. Reconoció que la víctima mortal portaba un cuchillo escondido en la cintura, pero que no vio que lo esgrimese en ningún momento y no hay sangre en el mismo. Quedó descartada la presencia de una cuarta persona, versión que mantenía la de fensa.