Dando patadas, encima de los perros, levantándolos y tirándolos contra el suelo. Así son las imágenes de denuncia que se presentaron en la Guardia Civil contra un vecino de Bueu, E.C.C., de 24 años, que fue identificado y citado en calidad de investigado como presunto autor de un delito de maltrato de animales domésticos. La identificación se llevó a cabo por parte del Servicio de Protección da Natureza (Seprona) de la Guardia Civil. que asegura que en las imágenes se puede apreciar la extrema crueldad con la que esta persona trataba a los perros de su propiedad, de la denominada raza potencialmente peligrosa "American Staffordshire".

El equipo del Seprona del cuartel de Cangas que instruye las diligencias del caso procedió a la incautación de los dos perros que fueron depositados cautelarmente a disposición de unas casas de acogida de animales para su cuidado. Las imágenes de la denuncia no son de sangre, pero sí de extrema crueldad. De hecho, las lesiones no son tanto físicas como psicológicas. La intención era que un veterinario inspeccionara a los perros para realizar el parte de lesiones que acompañará las diligencias.

La Guardia Civil señala que los hechos investigados serán puestos en conocimiento del Juzgado de Instrucción de Guardia de Marín, sin perjuicio de las denuncias administrativas que también van a formular contra esta persona ante la Consellería de Medio Ambiente por varias infracciones a la normativa que regula la tenencia de animales potencialmente peligrosos, tales como carecer de seguro obligatorio de responsabilidad civil, irregularidades en la cartilla sanitaria, no tener inscrito uno de los perros en el registro municipal además del propio maltrato de los animales causándoles dolor o lesiones.

El delito de maltrato está castigado en el Código Penal con la pena de tres meses y un día a un año de prisión e inhabilitación especial de un año y un día a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenecia de animales. Así consta en el artículo 337 del capítulo IV de los delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos para quien maltrate injustificadamente, causando lesiones que menoscaben gravemente la salud o sometan a explotación sexual a un animal doméstico, que temporalmente viva bajo control humano o cualquier animal que no viva en estado salvaje.

Las penas se impondrán en su mitad superior si se hubieran utilizado armas, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida del animal, si hubiera mediado ensañamiento o se hubiera causado al animal la pérdida o la inutilidad de un sentido, órgano o miembro principal, así como que los hechos se hubieran ejecutado en presencia de un menor de edad. En caso de muerte del animal la pena es de seis a dieciocho meses de prisión e inhabilitaciónde dos a cuatro años en el ejercicio de profesión que tenga relación con los animales.