Los vecinos del edificio Pintos parece que han encontrado una vía legal para frenar el derribo del inmueble. O al menos de que el Concello de Bueu les indemnice de manera previa. Hoy mismo está previsto que entre en vigor una modificación en el artículo 108 de la ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Ese cambio legislativo obliga a la administración a indemnizar de manera previa a los afectados por sentencias como la del edificio Pintos, donde la condena recae sobre el ayuntamiento. "Esta norma debería llevar al Concello a revisar de oficio sus actos y dejar sin efecto la orden de desalojo forzoso porque no están fijadas ni garantizadas las indemnizaciones que a sus propietarios les corresponden", argumenta el portavoz de la comunidad de propietarios del inmueble, José María Alén.

El proceso que debería abrirse ahora, según los afectados, es que el ayuntamiento inicie un procedimiento delante del juzgado para que se determinen las cuantías que cada propietario tiene derecho a percibir. Esto sería así porque fueron compradores de buena fe y sin que figurase ninguna advertencia de cargas en el Registro de la Propiedad. Una vez determinada esa cantidad el ayuntamiento deberá depositarla en el juzgado con carácter previo al derribo.

"Éste es un cambio importante porque las declaraciones del Concello hasta ahora iban en la línea de que una vez desalojadas las viviendas y demolido el edificio, los vecinos deberíamos iniciar un procedimiento de responsabilidad patrimonial contra el ayuntamiento", explican los portavoces vecinales. Con esta modificación legislativa "el consistorio debe indemnizar" antes de proceder al desalojo forzoso, previsto para el 2 de noviembre, y demolición parcial. El inmueble, situado en la zona de Loureiro, cuenta con 19 viviendas.

Los representantes vecinales del edificio Pintos esperan que ahora el consistorio "cambie su discurso" y cumpla con lo que marca la nueva ley. "Aguardamos que una de las dos reclamaciones que venimos haciendo se vea satisfecha y confiamos que no se demore por más tiempo las indemnizaciones", afirma José María Alén. La otra exigencia de los propietarios es que la administración local pida "disculpas" a los afectados por los perjuicios causados, una reclamación a la que no renuncian.

Este cambio en la norma que entra en vigor hoy es una consecuencia de la presión que ejercieron colectivos como la Asociación de Maltratados por la Administración (AMA) y las directrices de la propia Unión Europea a través del conocido como informe Auken. El objetivo es evitar que los compradores de viviendas que actuaron de buena fe y con todas las garantías legales ante notario y registrador de la propiedad se vean afectados por el cumplimiento de una sentencia en la que se obliga a una administración pública, en este caso el Concello de Bueu, a reponer la legalidad urbanística. Este artículo se incluye en una de las disposiciones finales de la Ley Orgánica 7/2015.

Pendientes de los recursos

Este cambio es evidente que también supondría un nuevo balón de oxígeno para el ayuntamiento, que aún espera el resultado de los dos recursos que tienen interpuestos los afectados delante del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

La modificación en la ley podría permitir al Concello suspender temporalmente la ejecución de la sentencia mientras se determinan si tiene que indemnizar a los afectados y en qué cuantía, un tiempo en el que seguiría adelante con la tramitación del nuevo Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM).