Aunque todavía no es sentencia firme, el fallo del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Pontevedra puede cambiar bastante la distribución que el Concello de Cangas tenía realizada del personal. De momento, anula una resolución de la alcaldía del 24 de abril de 2012, y condena a la administración local a que adscriba al agente de policía Ángel Molanes, que estaba destinado en segunda actividad como conserje de la Casa de Cultura, a un puesto de segunda actividad que se ajuste a la Ley de Coordinación. La sentencia ya fue entregada a día de ayer en el registro municipal con la petición para la Alcaldía proceda a la reincorporación del trabajador al puesto de origen. También fue entregado un escrito a la junta de personal para que reclame la inmediata ejecución de sentencia.

El día 24 de abril de 2012, Ángel Molanes fue destinado por resolución de la Alcaldía a efectuar jornada laboral como conserje en la Casa de Cultura de Congas, en un puesto de segunda actividad, que hasta ese momento realizaba en las oficinas de la Policía Local. El decreto fue firmado por el alcalde José Enrique Sotelo, en contra de la voluntad del trabajador "e nunha manifesta ilegalidade xa que incumplía a lexislación vixente" . Con posterioridad, Ángel Molanes solicitó su reincorporación al puesto policial al que fue destinado inicialmente, sin que en ningún momento se contestara en forma y tiempo legal a la citada petición, según señala el letrado.

La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ( TSXG ) en el plazo de 15 días. Lo normal es que el Concello lo haga.