El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acaba de dar un espaldarazo al Concello de Cangas en su lucha contra los asentamientos ilegales en la costa al apoyar la orden municipal de cortar el suministro eléctrico a dos caravanas asentadas, sin licencia, en el litoral de Nerga. El alto tribunal no sólo revoca la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Pontevedra que anuló la orden de la alcaldesa, Clara Millán, de cortar la luz a los infractores, sino que critica abiertamente a la Xunta por la "sorprendente pasividad e inobservancia de sus obligaciones en la materia". Se trata de la primera sentencia en este sentido que se produce a instancias del Concello de Cangas, el municipio de Galicia que registra más infracciones por asentamientos residenciales en la costa sin licencia, con más de 400 desde 1995.

La resolución judicial se produce después de que un vecino de Vigo, Emilio H.O., presentara un recurso contra dos resoluciones del Concello de Cangas que ordenaban a Fenosa cortar el suministro eléctrico a dos caravanas de su propiedad ubicadas en Nerga, en suelo rústico de protección de espacios naturales. Esas órdenes de suspender el suministro eléctrico fueron dadas por los alcaldes José Enrique Sotelo, el 28 de diciembre de 2005, y Clara Millán, el 28 de febrero de 2008. El vecino afectado las recurrió, alegando la inexistencia de expediente de restauración de la legalidad –la competencia en estos asuntos es de la entonces Consellería de Política Territorial, precisó–, de orden de ejecución, improcedencia de la multa coercitiva por inexistencia de cumplimiento e indefensión, y en diciembre del año pasado el Juzgado de lo Contencioso le dio la razón que ahora le quita el TSXG.

"Las facultades conferidas al alcalde" en la Lei do Solo de Galicia, argumenta el Superior de Xustiza, "tienen por su propio sentido, significado y finalidad una inequívoca conexión con las actuaciones que la Administración Autonómica debe desarrollar en cumplimiento de lo establecido para protección de la legalidad en el suelo rústico". Hasta tal punto, añade, de que "a tales efectos la intervención municipal y la autonómica se orientan a la obtención del objetivo de garantizar dicha protección".

"Inexplicable pasividad"

A pesar de que las medidas municipales deben verse seguidas de las autonómicas, como establece la normativa, y que "una inexplicable pasividad de esta última no puede suponer el mantenimiento indefinido de aquella adoptada en su día por el alcalde como oportuno antecedente de lo que posteriormente debería actuar la Administración Autonómica", el TSXG entiende la oportunidad de que el Concello intervenga para que la situación de ilegalidad no se consolide: "Sería ciertamente inaceptable que por el Ayuntamiento se tolerara la continuación de una actividad constructiva ilegal sobre suelo rústico en el que no está prevista la prescripción en cuanto a la restauración de la legalidad urbanística", razona la sentencia, de manera que "aún en la llamativa situación creada por la pasividad" de la Xunta, "ello no justificaría que también el Ayuntamiento incumpliera sus obligaciones".

La Sala de lo Contencioso del TSXG también observa que en el caso de las caravanas de Nerga a las que Fenosa cortó la luz por orden del Concello, "no consta que el recurrente haya obtenido licencia o autorización" de suministro eléctrico, por lo que no acepta el pretendido reconocimiento del mismo. Pero más decisivo aún es que no acuda a la Xunta "a los efectos de al menos instar o plantear cuestión alguna al respecto", si es esa la Administración que considera competente para resolverlo.