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Los juzgados tramitaron durante el año pasado 73 denuncias por violencia sobre las mujeres

Decidieron archivar 46 expedientes al no quedar justificado el delito -Activaron 15 medidas de protección para las víctimas

Dos agentes de la Guardia Civil trasladan a un presunto agresor a los juzgados de Lalín. // Bernabé / J. Lalín

Durante el año pasado, los juzgados de Lalín y A Estrada tramitaron 73 denuncias por violencia de género, según se desprende de las estadísticas publicadas días atrás por el Consejo General del Poder Judicial. Esos 73 casos suponen un ligero aumento respecto a las 66 recibidas en 2018 y que, a su vez, habían bajado en comparación con las 77 de 2017 y las 111 de 2016.

De esas 73 denuncias, 53 corresponden al partido judicial de Lalín. De estas, 36 tienen como víctimas a mujeres españolas y las 17 restantes, a extranjeras. Además, de esas 53 denuncias, 32 son atestados policiales con denuncia de la víctima, 2 atestados pero con denuncia de un familiar, 15 atestados con intervención directa de los agentes, 3 con servicio de asistencia a terceros y la que resta es un parte de lesiones en el propio juzgado. De las 20 denuncias en el partido judicial de A Estrada, 9 corresponden a denuncias que la víctima formuló en las salas judiciales, 7 son atestados policiales con denuncia de la víctima y las 4 restantes, con partes médicos de lesiones en el juzgado.

De estos 73 expedientes totales, hay 46 que quedaron sobreseidos, todos de forma provisional y porque a entender de los jueces no quedó justificada la perpetración del delito. Como hay un sobreseimiento provisional, esto significa que el caso puede reabrirse si se detectan indicios de delito y si lo pide alguna de las partes. En Lalín quedaron archivados de esta forma 34 casos, y en A Estrada, 12.

Las denuncias por presuntos malos tratos llevan emparejadas medidas de seguridad para las víctimas. Las medidas judiciales de protección más comunes suelen ser las de alejamiento, las de prohibición de comunicación y las privativas de libertad, dentro del ámbito penal, amén de las de atribución de la vivienda o de prestación de alimentos, ya de carácter civil. Veamos las penales. Fueron, en total, 15 medidas: 7 de alejamiento, otras tantas de prohibición de comunicación y una (en Lalín), de privación de libertad. Todas ellas llevaban emparejadas una orden de protección a la víctima. Las civiles se concentran en los juzgados de A Estrada y son 4: una de atribución de la vivienda, dos de prestación de alimentos y otra de índole diferente a las anteriores.

Esas 15 medidas judiciales de protección se dividen entre las 11 de Lalín y 4 en A Estrada. En estos juzgados se habían solicitado unas pocas más: 5 en A Estrada, con denuncias previas contra otros tantos varones españoles, y 14 en Lalín, con denuncias también contra 14 hombres españoles. La continuidad de los procesos permitió enjuiciar a 12 presuntos agresores en total: 5 desde los juzgados estradenses, de los que todos resultaron condenados, y 7 desde los juzgados de O Regueiriño. De éstos, 5 fueron condenados y 2 quedaron absueltos. Si queremos ver la relación afectiva en estos 19 casos en que se habían pedido medidas de protección, 6 de ellos eran matrimonio, otros 6 eran exmatrimonio, 4 mantenían una relación afectiva y los 3 restantes figuran como una exrelación afectiva.

Los delitos por violencia de género están tipificados como lesiones en los artículos 148, 153 y 173 del Código Penal, que además contempla delitos contra la libertad y la libertad sexual.

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