Una vecina de A Estrada, María Avelina L. R., reconoció ayer que percibió durante veinte años la pensión de su abuelo después de que hubiera fallecido éste en 1996. Hasta 2016 ni la Seguridad Social, ni el Banco Santander, entidad a través de la cual se pagaba esta prestación, se percataron de la situación. En total, esta mujer percibió indebidamente 132.041 euros en una cuenta de su abuelo de la que ella era titular autorizada.

De esa forma fue realizando reintegros y domiciliando varios recibos apoderándose de esta cantidad. La acusada confesó los hechos y aceptó la condena de dos años de prisión que reclamaba la Fiscalía y el resto de las acusaciones por un delito contra la Seguridad Social. Resueltas las responsabilidades penales, el juicio tuvo que continuar para resolver las civiles, es decir, determinar quién se va a hacer cargo del pago de los 132.041 euros defraudados a las arcas públicas.

La Fiscalía sostiene, como es evidente, que sea la acusada quien asuma este cargo pero habida cuenta que es insolvente, habrá que acudir a quien designe el juzgado como responsable civil subsidiario en estos hechos, si es que lo hubiere. Y el Ministerio Público señala directamente al banco, dado que es el responsable de verificar periódicamente que las personas a las que abona estas prestaciones siguen vivas.

El fiscal jefe de la provincia, Juan Carlos Aladro, considera que es una "negligencia clara" que esto pudiera haber ocurrido, nada más y nada menos, que durante un "largo periodo de 20 años", una actuación descuidada que no duda en atribuir no solo al banco, sino también a la propia seguridad Social. El fiscal llamó la atención sobre el hecho de que el abuelo de la acusada debería contar con 105 años de edad cuando se descubrieron los hechos en 2016, por lo que le causó sorpresa de que nadie se molestase en certificar si se encontraba vivo.En cualquier caso, el Ministerio Público (pese al reproche público a la Seguridad Social) considera que debe ser el banco quien abone las cantidades percibidas indebidamente ante la insolvencia de la acusada.

El letrado que representaba a la Seguridad Social se escudó en que es el banco quien tiene la responsabilidad de certificar la pervivencia de las personas que reciben estos pagos, mientras que por su parte la entidad descarga toda esa responsabilidad en su cliente y también en la Seguridad Social.

33.000 euros ya pagados

El Banco Santander ya abonó 33.000 euros a la Seguridad Social y su abogado considera que ahora no debe pagar más de esta cifra por que la Seguridad Social también tiene su parte de culpa en este despropósito y aboga por una "responsabilidad civil compartida". Alega también que aquellas cantidades abonadas antes de 2006 han prescrito, algo con lo que no está de acuerdo el fiscal dado que estamos ante un delito continuado.

Por su parte, la defensa sostiene que su cliente no debe abonar cantidad alguna por la "negligencia" y descuido del banco y la Seguridad Social al pasar tanto tiempo sin que realizasen ninguna comprobación y sin que nunca le hubieran pedido ninguna documentación ni fe de vida a su clienta. Aunque la acusada sí asumió las responsabilidades penales por estos hechos, no acepta la responsabilidad civil que se le imputa.

Así las cosas, queda ahora en manos del magistrado y de las magistradas de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra determinar en sentencia quién debe asumir el pago de las cantidades defraudadas.